altcala / Teo Tormo escribió:
Disculpa, una pregunta, que yo recuerde en el ordenamiento jurídico español se constituye jurisprudencia cuando hay dos sentencias del supremo en las que se interpreta la misma norma (o el mismo tipo de caso) en el mismo sentido,
...exacto.
...se dictó sentencia a mi favor del Juzgado de Lo Social Nº 35 de Madrid.
...la empresa recurrió en segunda instancia argumentando sentencias anteriores con similares características (no necesariamente sobre un Dj)
...el Tribunal Superior de Justicia desestima el recurso de la empresa y falla haciendo firme la misma. Fin del caso. (del caso sobre la relación laboral y extinción del mismo por el art. 50 del ET) Todavía hay más cosas pendientes: reclamaciones de cantidad, salarios de tramitación, parte de la indemnización pendiente, intereses legales del 10%, infracotizaciones a la TGSS, demanda por Moobing, etc..)
...la empresa podía recurrir ante el Tribunal Supremo, pero en casación para la unificación de doctrina. No lo hizo y creo que por "recomendación" del Colegio de Abogados de Madrid ante las irregularidades que lleva cometiendo la misma durante todo el proceso perjudicándose a sí misma intencionadamente en contra de sus propios intereses, con el fin de perjudicar al trabajador, creando situación de indefensión y "otras" (que no vienen al caso, aunque diré que el abogado de la empresa tiene expediente "informativo" en el Colegio de Abogados de Madrid, por mala praxis). La empresa puede defender sus intereses y si eso perjudica al trabajador, pues vale. Pero no puede actuar en su propio perjuicio con el único interés de perjudicar al trabajador.....eso está castigado y es sancionable y ha quedado reflejado en las sentencias y en los Autos y Decretos de las mismas por parte de los jueces, tanto el de primera instancia como del TSJ.
...una vez que el TSJ (Tribunal Superior de Justicia de Madrid) dicta sentencia firme, es el propio TSJ el que declara Jurisprudencia dependiendo de si hay sentencias "de precedente" anteriores y referidas en el recurso. En mi caso, la empresa en su recurso se basó en varias sentencias precedentes similares, y mi abogado en la impugnación, en otras precedentes y el TSJ falló desestimando el recurso de la empresa y declarando Jurisprudencia pública.
...ahora es cuando si hay Djs, camareros, porteros...etc., en mi misma situación, pueden usar mi sentencia para sus juicios o recursos.
...muchos abogados se sorprenden con ésta sentencia porque mi caso es claro y no se suele llegar a donde se ha llegado, se suele llegar a un acuerdo con la empresa el 99% de las veces. (yo lo he intentado en 4 ocasiones y después de haber ganado el juicio...pero el tema se convirtió en algo personal para mi jefe y le da lo mismo el dinero....por su puto orgullo ha querido llegar hasta el final aún sabiendo que el caso es blanco y en botella, le ha dado igual si por eso hacía daño....que lo ha hecho y mucho)
...desde noviembre de 2010 llevo con ésto....y quedan varios más por otros conceptos. La semana pasada nos dieron fecha para septiembre de 2014 !! para la segunda parte de la reclamación de cantidades pendientes.
...ahora, puedo trabajar legalmente y cobrar el paro al mismo tiempo (con un descuento del 10% compensatorio por las horas trabajadas) con un contrato por las horas y días que lo haga.
...conozco a un camarero que me lo presentó un amigo que le ocurría algo parecido y a su abogado le ha venido de perlas ésta Jurisprudencia.