Feminismo
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The Real Klausmaria escribió:Ese es el problema de base del feminismo radical y por extensión de todas los movimientos de agraviados... la incapacidad para aceptar la realidad.
Y no solo por la incapacidad de aceptar la realidad, sino por la incapacidad de verla. La mayoría de la gente quiere cambiar el mundo sin ni siquiera haberse asomado a verlo, sin ni siquiera saber lo que es, sin conocerlo.
The Real Klausmaria escribió:Ese es el otro caballo de batalla, abolir la paternidad y abolir la herencia... la tábula rasa, la utopía.
Y con ello la indefensión del individuo se vuelve irreversible. Sin origen, el ser solo puede certificar su final. Sin recuerdo cualquier cosa es plausible. Sin memoria nada existe.
The Real Klausmaria escribió:En pro de la igualdad, la fraternidad y la solidaridad nos olvidaremos de lo que nos hace humanos, el concepto de dignidad humana.
Y lo peor de todo es que no es para conseguir un mundo más igualitario, fraterno o solidario, sino más injusto, superficial y dividido.
Esta es la publicidad que una cadena de gimnasios hizo y que han sido condenados por denigrar a las mujeres
Este es el artículo https://www.lavanguardia.com/vida/20200211/473461270464/condenado-gimnasios-mcfit-sexismo-denigrar-mujer.html
Inquisición 2.0
Este es el artículo https://www.lavanguardia.com/vida/20200211/473461270464/condenado-gimnasios-mcfit-sexismo-denigrar-mujer.html
Inquisición 2.0
#1459 La gracia es que de haberse planteado el anuncio al revés, no solo no existiría denuncia alguna, sino que todas las satisfoller de Europa lo estarían compartiendo en sus redes sociales. Es como la página esa de http://www.adoptauntio.es con la cual no parecen sentirse molestas, porque el producto somos nosotros. Ay, si fuese http://www.adoptaunatia.es.....
Curiosamente el otro día me salió una tía a la que borré de mis redes hace un par de años por pesada con el tema de la cosificación a la mujer y demás. O sea, mucho discursito y ahí anda después, adoptando tíos y metiéndolos en su carro de la compra
Curiosamente el otro día me salió una tía a la que borré de mis redes hace un par de años por pesada con el tema de la cosificación a la mujer y demás. O sea, mucho discursito y ahí anda después, adoptando tíos y metiéndolos en su carro de la compra
El TSJ de Asturias absuelve a una mujer que había sido condenada a cuatro años de prisión por abuso sexual continuado a un joven menor de 16 años
En el fallo de la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado José Ignacio Pérez Villamil, se explica que se estima íntegramente el recurso “al no quedar suficientemente acreditado que conociese que el menor tenía menos de dieciséis años, tal y como exige el derecho fundamental a la presunción de inocencia”.
http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Noticias-Judiciales/El-TSJ-de-Asturias-absuelve-a-una-mujer-que-habia-sido-condenada-a-cuatro-anos-de-prision-por-abuso-sexual-continuado-a-un-joven-menor-de-16-anos
¿Cómo coño iba a saber una actriz porno de 32 años, que se estaba beneficiando a un chaval de 15? El caballero aparentaba 60 y una vida acaudalada.
En el fallo de la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado José Ignacio Pérez Villamil, se explica que se estima íntegramente el recurso “al no quedar suficientemente acreditado que conociese que el menor tenía menos de dieciséis años, tal y como exige el derecho fundamental a la presunción de inocencia”.
http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Noticias-Judiciales/El-TSJ-de-Asturias-absuelve-a-una-mujer-que-habia-sido-condenada-a-cuatro-anos-de-prision-por-abuso-sexual-continuado-a-un-joven-menor-de-16-anos
¿Cómo coño iba a saber una actriz porno de 32 años, que se estaba beneficiando a un chaval de 15? El caballero aparentaba 60 y una vida acaudalada.
#1461 En derecho, las sentencias de culpabilidad de un delito deben ir avaladas por hechos probados. Quizá todo el mundo sea consciente de que esa mujer probablemente sabía la edad del menor, otra cosa es que consigas probar de forma fehaciente. Necesitas algo como declaraciones de testigos que verbalicen que esa señora supiera la edad del menor porque se lo hab escuchado decir (y probablemente necesites a más de uno) , o una prueba que demuestre que esa señora ha leído en algún sitio la edad del menor o que la podía conocer por alguna circunstancia concreta demostrable.
En el artículo que enlazas, aunque no está ni la sentencia de la sala de apelación ni la sentencia anterior, se explica que se la declaró culpable la vez anterior en base a declaraciones de testigos, pero la sala de apelación tras revisar las declaraciones llega a la conclusión de que los relatos aportados no dan datos no contradictorios que puedan demostrar que esa señora conocía la edad del menor previamente a las relaciones. Es más, se apunta a un dato que incluso puede servir de ayuda a la absolución de la acusada, y es que alguien declaró que el menor se comportaba como una persona adulta (aquí la acusación probablemente metió la pata al elegir testigo).
Esto es más frecuente de lo que imaginas.
En el artículo que enlazas, aunque no está ni la sentencia de la sala de apelación ni la sentencia anterior, se explica que se la declaró culpable la vez anterior en base a declaraciones de testigos, pero la sala de apelación tras revisar las declaraciones llega a la conclusión de que los relatos aportados no dan datos no contradictorios que puedan demostrar que esa señora conocía la edad del menor previamente a las relaciones. Es más, se apunta a un dato que incluso puede servir de ayuda a la absolución de la acusada, y es que alguien declaró que el menor se comportaba como una persona adulta (aquí la acusación probablemente metió la pata al elegir testigo).
Esto es más frecuente de lo que imaginas.
Ya, pero si el caso se diese contigo o conmigo, nos dirían que "el hecho de no conocer la ley, no le exhime de la obligación de cumplirla". Aunque la ley sea igual para todos, a nivel mediático es mucho más grave que un hombre se acueste con una chica de 15 años, a que sea la mujer quien lo haga, y la presión mediática mueve más montañas que la fe. Es como el caso del ecuatoriano al que absolvieron tras follar con una chavala de 12 años, porque presuntamente no sabía que en España "eso no se hace, caca". Te digo lo mismo: que nos pillen a ti o a mí, a ver si cuela.
Lucho Portuano escribió:nos dirían que "el hecho de no conocer la ley, no le exhime de la obligación de cumplirla"
No, eso es algo distinto. Una cosa es lo que acabas de decir, que es no conocer la ley y que no es justificación para incumplirla, y que se podría aplicar a por ejemplo que cambien las leyes y que ir a 80km/h por la autovía sea sancionable, te pare un policía, te vaya a multar por ir a 90km/h y le digas "no señor agente, es que la ley la debieron cambiar ayer y yo no la conocía", y el agente te diga eso de que no lo sepas no es justificación. Y otra cosa muy distinta es no saber que estás infringiendo la ley no porque no la conozcas, si no porque realmente ignoras un dato circunstancial que te hace desconocedor de que lo que haces es delito, en este caso la edad del menor. Que para mi no hay demasiadas dudas de que esta señora debería saberlo o al menos sospecharlo, pero que otra cosa es poder demostrarlo.
Lucho Portuano escribió:Es como el caso del ecuatoriano al que absolvieron tras follar con una chavala de 12 años, porque presuntamente no sabía que en España "eso no se hace, caca"
Me gustaría leer la sentencia de ese caso, ojo, la sentencia, no el resumen maquiavélico que hacen los medios (todos) con sus propias interpretaciones del tema.
Lucho Portuano escribió:Aunque la ley sea igual para todos, a nivel mediático es mucho más grave que un hombre se acueste con una chica de 15 años, a que sea la mujer quien lo haga
No te digo que no (tampoco te lo digo con un convencimiento del 100%), pero habría que ver de quién es culpa realmente esa imagen. ¿Es culpa realmente del feminismo? Yo creo que no. No al menos del feminismo en el que yo creo. Hay otras muchas cosas detrás.
Lucho Portuano escribió:Te digo lo mismo: que nos pillen a ti o a mí, a ver si cuela.
A mi ya te digo que no me pasaría (desde que tenía 15 me atraían mujeres mayores que yo, las de mi edad me aburrían), y estoy totalmente seguro de que a ti tampoco (desconozco tus gustos pero estoy seguro de que eres sobradamente inteligente y con el más que necesario autocontrol y moral para que no te pase eso).
Teo Tormo escribió:A mi ya te digo que no me pasaría (desde que tenía 15 me atraían mujeres mayores que yo, las de mi edad me aburrían), y estoy totalmente seguro de que a ti tampoco (desconozco tus gustos pero estoy seguro de que eres sobradamente inteligente y con el más que necesario autocontrol y moral para que no te pase eso).
Bueno, es que ahora andamos sobre los 40 y obviamente no andamos ni en esos ambientes, ni en esos en esos berenjenales, pero ponte tú con 20 años, a ver si una de 15 bien desarrollada te parece demasiado pequeña. Sobre todo teniendo en cuenta que ellas siempre, siempre, siempre han estado detrás de tíos más mayores, desde el colegio (sobre todo si tenían moto). Ya, ya... TÓPICOS
Todos podemos recordar perfectamente como a las de 6º les gustaban los de 8º (por poner un ejemplo comprensible). Desde entonces me he jartado de ver parejas un tanto inverosímiles, con dos décadas de brecha. Esto da para un nuevo debate, a colación de un vídeo que se ha hecho muy famoso en las redes sociales, en el cual se pide que no miremos con cara rara a parejas que se llevan 40 años de diferencia. Claro, todo muy ideal y bonito, hasta que te conviertes en "un puto viejo asqueroso de 60" y te presentas con un bollazo de 30 y te miran con la misma cara rara que te pedían no poner
En estos casos el doble rasero supera a todo lo habido y por haber.
Yo recuerdo en Valencia, años ha, a un entonces famoso presentador de Canal 9, Eduard Forés, lo pillaron con un vídeo en el que mantenía relaciones sexuales con una menor. No quedó acreditado que él supiera que era menor, pero por el vídeo lo condenaron a un año de cárcel por pornografía infantil. No entró en la cárcel por no tener antecedentes.
La condena no fue porque tuviera un vídeo, sino porque era menor (condena de pornografía infantil). Y no hizo falta demostrar si lo sabía o no pues la jueza lo dio por sabido. Una menor salía en el vídeo y fue suficiente. El vídeo nunca fue hecho público. Quedó acreditado que era para ellos verlo juntos. La muchacha juró que las relaciones fueron consentidas. La denuncia fue de su madre. Quedó acreditado que la muchacha lo llamaba a él por teléfono y usaba un alto contenido sexual en sus conversaciones. Según la sentencia, Forés la usaba para su propia satisfacción y no para satisfacer a la muchacha (acojonante, lo mismo esperaba que fuera una oenegé), y pese a que la muchacha no le informó de su minoría de edad (17 años), la jueza consideró que él era conocedor.
La condena no fue porque tuviera un vídeo, sino porque era menor (condena de pornografía infantil). Y no hizo falta demostrar si lo sabía o no pues la jueza lo dio por sabido. Una menor salía en el vídeo y fue suficiente. El vídeo nunca fue hecho público. Quedó acreditado que era para ellos verlo juntos. La muchacha juró que las relaciones fueron consentidas. La denuncia fue de su madre. Quedó acreditado que la muchacha lo llamaba a él por teléfono y usaba un alto contenido sexual en sus conversaciones. Según la sentencia, Forés la usaba para su propia satisfacción y no para satisfacer a la muchacha (acojonante, lo mismo esperaba que fuera una oenegé), y pese a que la muchacha no le informó de su minoría de edad (17 años), la jueza consideró que él era conocedor.
teniente_powell escribió:Y no hizo falta demostrar si lo sabía o no pues la jueza lo dio por sabido. Una menor salía en el vídeo y fue suficiente.
Sí, sí hizo falta. Entre los hechos probados del juicio se recopilaron unos mensajes que la menor intercambió con el presentador de forma previa a las relaciones sexuales en las que le informaba de su edad. Y la condena no fue "porque poseyera un vídeo", si no porque hizo uso de una menor para realizar un vídeo pornográfico. Consulta esto:
https://elpais.com/diario/2003/07/25/cvalenciana/1059160680_850215.html
Donde se recoge que:
Alguien escribió:Por ello, ha considerado que el hecho de grabar las relaciones sexuales con la menor se ajusta al delito 189 del Código Penal, introducido en la reforma de 1999.
Si consultamos el delito 189 del Código Penal es:
https://www.conceptosjuridicos.com/codigo-penal-articulo-189/
Alguien escribió:a) El que captare o utilizare a menores de edad o a personas con discapacidad necesitadas de especial protección con fines o en espectáculos exhibicionistas o pornográficos, tanto públicos como privados, o para elaborar cualquier clase de material pornográfico, cualquiera que sea su soporte, o financiare cualquiera de estas actividades o se lucrare con ellas.
b) El que produjere, vendiere, distribuyere, exhibiere, ofreciere o facilitare la producción, venta, difusión o exhibición por cualquier medio de pornografía infantil o en cuya elaboración hayan sido utilizadas personas con discapacidad necesitadas de especial protección, o lo poseyere para estos fines, aunque el material tuviere su origen en el extranjero o fuere desconocido.
No es lo mismo la posesión que la realización, además de que en el delito del artículo 189 también se comprende la distribución.
Al hilo de esto, el pasado domingo en una celebración familiar, estuve hablando con una abogada de menores (a pesar de la jubilación uno termina hablando del trabajo), me estuvo comentando un caso que atendió en el turno de guardia, 13 menores de la misma clase (igual me equivoco en el número) juzgados a la vez porque uno obtuvo un vídeo de la violación de un bebé (sí, de potar, de hecho se me está poniendo mal cuerpo) y lo pasó a un compañero, no con intención de excitarlo sexualmente, si no de pasarle algo asqueroso y provocarle mal rollo, y este a su vez repitió la misma "gracia" con otros compañeros que a su vez lo pasaron hasta completarse el número de acusados por distribución de pornografía infantil (y más que habría que igual no se han podido acreditar). El propio fiscal comentó que la "gracia" del vídeo iba a hacer pasar por allí a bastantes críos... el asunto lo estaban resolviendo con medidas educativas (en menores son medidas, no penas) de horas de prestación de servicios (imagino que les pueden poner desde a limpiar parques a pintar su propio instituto).
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