MusicosOnLine, donde tenéis el link al BOE. Esto es aplicable a cantautores, grupos, orquestas, técnicos, DJs.... y cualquier cosa relacionada con salas de fiesta, discotecas, pubs, etc., incluyendo camareros, taquilla, porteros, relaciones públicas, guardarropa, etc. Las tablas salariales están en el link al BOE.
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Hoy hemos recibido una copia del BOE de ayer 18 de mayo de 2016, en el cual se detalla el nuevo convenio colectivo estatal de personal de Salas de Fiesta, Baile y Discotecas, con la particularidad de que también se aplica a las actuaciones al aire libre, según el Artículo 1 del Anexo 2:
Una de las novedades más relevantes al respecto se encuentra en el Artículo 7:
Esto significa que el coste del alta en la Seguridad Social se dispara, exactamente hasta los 43,36€ si la actuación es de menos de 2 horas (incrementándose el coste en un 50% si se supera ese tiempo), con lo cual se avecina un futuro muy negro para el sector en el que se producirán recortes de personal, inevitables subidas de precios y lamentablemente muchas agrupaciones acabarán cerrando. También hay otra forma de verlo: las orquestas suben los precios para amortiguar las nuevas condiciones, esos precios no entran en el mercado y en vez de hacerse 90 fechas se hacen 60. Al final todos pierden, empresa y trabajadores.
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http://www.musicosonline.es/2016/05/19/nuevo-convenio-colectivo-estatal-artistas-se-avecinan-curvas/
Os pego aquí la info publicada en
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Hoy hemos recibido una copia del BOE de ayer 18 de mayo de 2016, en el cual se detalla el nuevo convenio colectivo estatal de personal de Salas de Fiesta, Baile y Discotecas, con la particularidad de que también se aplica a las actuaciones al aire libre, según el Artículo 1 del Anexo 2:
Alguien escribió:En este sentido, estarán afectados por este acuerdo todas aquellas empresas y establecimientos dedicados a la actividad propia, tales como, salas de fiesta, salas de baile, salas de variedades, discotecas, café concierto, café cantante, café teatro, salas de variedades y folclóricas, tablaos flamencos y similares tal como se establece en el anexo II, así como aquellas actividades complementarias, conexas o similares, siempre y cuando la actividad principal sea el baile, el espectáculo público, musical, variedades, etc., tanto en espacios al aire libre como cubiertos. Se incluyen también espectáculos de danza y actuaciones de orquestas y bandas musicales profesionales.
Una de las novedades más relevantes al respecto se encuentra en el Artículo 7:
Alguien escribió:Los artistas, cuando trabajen en «bolos» (actuaciones entre 1 y 3 días consecutivos sin continuidad) percibirán «como mínimo», la cantidad de 111,92 euros por día de trabajo. Esta cantidad incluye todos los conceptos.
Esto significa que el coste del alta en la Seguridad Social se dispara, exactamente hasta los 43,36€ si la actuación es de menos de 2 horas (incrementándose el coste en un 50% si se supera ese tiempo), con lo cual se avecina un futuro muy negro para el sector en el que se producirán recortes de personal, inevitables subidas de precios y lamentablemente muchas agrupaciones acabarán cerrando. También hay otra forma de verlo: las orquestas suben los precios para amortiguar las nuevas condiciones, esos precios no entran en el mercado y en vez de hacerse 90 fechas se hacen 60. Al final todos pierden, empresa y trabajadores.
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http://www.musicosonline.es/2016/05/19/nuevo-convenio-colectivo-estatal-artistas-se-avecinan-curvas/