ah, el artículo es del 2002, pero no habrá cambiado tanto, no?
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Viva la documentación... Añado yo estas conclusiones de Felipe Sánchez Jáuregui, de la Universidad de Queensland en Australia:
"Cuando a principios de 1960 los primeros reproductores de casetes fueron lanzados al mercado, las compañías disqueras se preocuparon, pero al poco tiempo descubrieron que ellos no lesionarían significativamente su mercado. No ocurrió lo mismo con las compañías dedicadas a la industria del cine, quienes tomaron acciones inmediatas en contra de Sony a finales de los setenta, por el lanzamiento del Betamax.
Lo que no imaginaron ni las disqueras, ni las compañías de la industria del cine es que una tecnología revolucionaria, El Internet, les traería más problemas que el simple lanzamiento al mercado de algún tipo de electrodoméstico nuevo. Mucho menos pudieron haber previsto que los sistemas peer to peer se convertirían en su mayor dolor de cabeza. Los sistemas peer to peer son el problema común de todas las compañías dedicadas al entretenimiento, pues a través de ellos pueden millones de usuarios en un solo día intercambiar, música, películas, software, video juegos, aplicaciones, fotografías, etc. No existen limites para los sistemas peer to peer como uno de los sistemas tecnológicos más peligrosos para los derechos de autor en el mundo.
No todo obviamente puede colocarse bajo la óptica de las infracciones de derechos de autor. Los sistemas peer to peer han demostrado también sus bondades para actividades licitas y el mejoramiento de los sistemas de comunicación tradicional. El problema jamás será de las tecnologías, será del uso que demos a las mismas. Para las compañías dedicadas al entretenimiento era más fácil atacar judicialmente a quien proveían el software que permitía el intercambio de archivos a través de Internet que a los millones y millones de usuarios de dichos software. Ello determinó las acciones contra Napster, el padre del intercambio de música en Internet, caso que marcó ciertamente un hito en el historia de la música y más aun determinó también el desarrollo tecnológico de los sistemas peer to peer hacía nuevas formas. Los sistemas descentralizados como KAZAA, GROKSTER y STREAMCAST migraron con la ayuda de fase track a niveles de independencia inimaginables y demostraron ser impenetrables respecto de las acciones legales a la luz de la legislación y la jurisprudencia de Estados Unidos de América. Dada la legalidad de los sistemas peer o peer descentralizados y semi-descentralizados, las compañías disqueras tuvieron que cambiar de estrategia. No importaría el tiempo, ni el costo que conllevará, ahora el blanco de las acciones legales serían directamente todos los usuarios de dichos sistemas.
La estrategia legal ha funcionado y hoy en día las personas que antes caminaban por las sendas de la impunidad virtual, están siendo demandadas a lo largo y ancho de Estados Unidos, lo que a su vez ha ocasionado que masivamente la gente este desinstalando de sus computadores no solo los programas a través de los cuales obtuvieron copias ilegales de obras protegidas, sino las copias mismas en un esfuerzo para no ser demandados. Punto para los derechos de Autor. La razón es muy simple, aunque los actuales sistemas peer to peer sean legales, quienes se sirven de ellos para obtener copias de obras protegidas, están incurriendo en infracción de derechos de autor y por ello pueden ser procesados no solo civil, sino penalmente. Los tratados de la OMPI sobre de derechos de autor y derechos conexos son claros al respecto de la distribución y reproducción publica de cualquier obra través de las nuevas tecnologías es un derecho exclusivo de los titulares de dichos derechos. Al lado de la responsabilidad legal de los usuarios de dichos programas, está la eventual responsabilidad de los proveedores de acceso a Internet, quienes deben estar seguros de que por su culpa o negligencia no se comentan infracciones de derechos de autor, so pena de llegar a ser responsables legalmente por ello. La tendencia mundial, es que los proveedores de servicios de acceso a Internet, no son responsables en aquellos eventos en que por la naturaleza de la labor que prestan, deban realizar actos que bajo una estricta óptica y un criterio de responsabilidad objetiva pudieran ser considerados infracción de derechos de autor."
Con lo poco que sé de Derecho, creo que me llega para poder afirmar que el éxito de las leyes está en que a) se basen en la realidad y b) respondan a una lógica que las legitime para que los destinatarios las asuman . Esto es Derecho Natural, si no me equivoco, y cuando no se cumplen, entre otros, estos parámetros, toda ley está abocada al fracaso.
Por tanto, la situación de partida es que es prácticamente imposible controlar lo que intercambian los usuarios, de manera que técnicamente sólo compensa perseguir delitos muy graves, como intercambio de pornografía infantil u otras acciones que vulneren derechos realmente fundamentales, y mafias que saquen lucro directo.
Si se cargan la mula, inventarán otra forma de intercambiar como antes. El mismo perro con distinto collar. Si te intentan espiar mientras usas esos programas, inventarán formas de encriptar...
Quiero decir que hay que perseguir cuando se produzca un atentado grave contra los derechos, en este caso intelectuales, hay que legislar contra eso, vale, pero hay que añadir otras políticas. Todos tenemos que poner de nuestra parte. Desde los curritos, que nos quejamos de que un disco a 10 euros es caro y luego nos gastamos 30 euros en una noche de copas, hasta los señores de la SGAE, que se empeñan en criminalizarnos casi por respirar. Son dos extremos, se tocan.
Yo no tengo la solución. Para eso están los psicólogos, sociólogos, politólogos y demás expertos, pero sí que tengo claro que o estamos dispuestos a ceder todos o al final perderemos los de siempre.
Lo cual nos lleva -ergo, te gusta decir- a un problema cívico (cómo nos comportamos en la civis--> ciudad). No estoy de acuerdo, con quien decía que no quería entrar en cuestiones de conciencia. Supongo que desafortunádamente, usamos 'conciencia' cargado de sabor a iglesia añeja. Conciencia, hoy se refiere más a "darse cuenta" más "comprender".
Tomar conciencia de este tema, no tiene nada que ver con ángeles y diablos, sino darse cuenta del daño que hago con mis acciones.
Otra cosa es responsabilizarse y actuar en consecuencia con ello. Esto últimio es lo más difícil.
Es verdad, lo que dices, sobre que viene bien una "representación para que todos nos entendamos". Pero y si esta representación no hace justicia a la realidad?.
Por eso sería buenos, buenos informantes, y buena disposición a informarse realmente. En este tema, se habla a menudo para justificar, lo que ya hago, sin ninguna apertura a, dejarse conmover.
Por cierto, yo soy de los fanáticos, pues, el tema el complicado, y me supera por todos los flancos....
Voy a transmitir un opinion estrictamente personal:
La unica propiedad intelectual que realmente existe a mi modo de ver es LA AUTORIA, y es lo unico tecnicamente defendible; no se puede parar el viento ni el mar, como no se puede parar el instinto humano de superación y evolución que le lleve, a traves del conocimiento a la perpetuación y desarrollo de su propia especie.
Si, a la disponibilidad fisica o de acceso desde casa a toda fuente de conocimiento humano.
Si, a la construccion de un sistema que permita que todos los artistas, ideologos, cantores y poetas, politicos o marionetas puedan vivir de su trabajo y de su arte, y que se reconozca, conserve y proteja la obra de cada uno.
Si a las medidas sancionadoras contra quienes se hagan millonarios a costa del trabajo de los artistas !!!CONTRA TODOS!!!. Empezando por las sanguijuelas de la sgae, que no son mas que un colectivo de momias inservibles hoy en dia, enquistados en la teta.
Es un asunto muy complejo, pero que desde luego lo mismo que la sanidad es un derecho elemental, algun dia la cultura, el conocimiento y el acceso ilimitado a ellos en todas sus formas y modos, lo será tambien.
Hacer una cancion o varias no te da derecho a ser multimillonario, ....otra cosa seria descubrir un remedio al sida.
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Interesante, si se precisa... ¿En qué consiste para ti la autoría? ¿Tiene el autor algún control sobre su obra en ese esquema? Si lo tiene, cual es, y si no, ¿qué necesidad hay de articular el concepto de "autoría", es retórico?