Buenas noches.
Lo primero que tienes que hacer es registrar esa música en el RPI, y luego te vas a la SGAE para que ellos gestionen el cobro de derechos. Seguramente, en SGAE se registrará el corto como un todo: pregúntale al productor responsable de todo el cotarro.
¿Eres el autor de toda la música del corto? Si es así, enhorabuena, pues todo lo recaudado en concepto musical será para ti. Si el director decide (y tu no puedes hacer nada por evitarlo) que en una escena se oiga música de Guns and Roses (por decir algo), o cualquiera protegida por derechos de autor, no queda más que repartirse los derechos.
Para ello, se utiliza la "music cue-sheet", que es documento reconocido a nivel mundial para ello. Cada entrada musical de una película se denomina "cue", y cada peli tendrá tantos "cues" como bloques continuos musicales tenga. La "music cue-sheet" refleja todos esos bloques musicales y a quién pertenecen, y es el documento que usan las sociedades de autores para calcular el precio que se paga en concepto de comunicación pública.
Si tú eres el compositor de todo el tinglado (la "music cue-sheet" refleja que todos los "cues" te pertenecen), la totalidad del porcentaje destinado a pagar al músico será tuya. Si hay 24 "cues" tuyos y 6 de otro compositor, a ti te corresponderá el 80%, y al otro el 20%. Si hay 17 "cues" tuyos y 8 de otros, para ti será el 68%, y para el resto el 32%, y así sucesivamente...
Ahora bien, ¿qué participación te corresponde como compositor? La SGAE reconoce como autores de las obras audiovisuales a cuatro grupos:
1.-Director o Realizador
2.-Argumentista
3.-Guionista
4.-Compositor
Estos cuatro currantes, pueden firmar y pactar el porcentaje que se acuerde. Si el director es guay, querrá llevárselo crudo y pactar un porcentaje bestial. Si el compositor es John Williams, querrá un buen pico.... Todo es negociable, y dependerá de tu valía el que puedas sacar o no un buen porcentaje. Si no hay acuerdo, cada parte se lleva el 25%.
Entonces, lo que a ti te toca es lo siguiente: El porcentaje que hayas acordado con el resto (Director, Argumentista y Guionista), menos el porcentaje de participación del "music cue-sheet" en caso de que haya más músicas que las tuyas. De todo ello se encarga SGAE (que también se llevará su aquello como gestora de toda la movida).
Lógicamente, esto es lo que te corresponde en concepto de derechos de comunicación pública, que son aparte de lo que tú hayas acordado con el productor (o quien sea) como pago por tu trabajo propiamente dicho como "escribenotas"
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Si quieres más información:
"Todo lo que hay que Saber del Negocio Musical" (Josep María Romero, ed. ALBA)
Un saludo.