MANIFIESTO CONJUNTO DEL MOVIMIENTO SIN CANON.
1) El día 2 de Enero de 2002, se falló en el Juzgado de primera instancia número 22 de Barcelona una sentencia, que obliga a la empresa productora de CDs vírgenes Traxdata al pago de un canon a la SGAE (Sociedad General de Autores y Editores) por cada CD-R de datos que fabrique y haya fabricado desde 1997.
2) Desde ese momento se ha producido una importante movilización en contra de las prácticas de la SGAE (
http://www.sgae.es) que en nombre del autor y con un infinito afán recaudatorio ha creado en la práctica un impuesto recaudado por una institución privada. Esto ha derivado en una campaña contra la aplicación del canon a los soportes informáticos en general y al CDR en particular.
3) Creemos que dicho canon atenta gravemente contra los derechos de los españoles e igualmente perjudica de una manera muy seria el uso y distribución del software libre, debido a que el coste para la distribución aumentará de forma considerable.
4) No estamos dispuestos a tener que pagar ningún tipo de canon a la hora de comprar material informático, estos materiales no están diseñados para copiar música ni otro tipo de material protegido por derechos de autor. Los que hacemos copias de seguridad, programamos y distribuimos software libre y en general usamos soportes informáticos para guardar NUESTRA información en estos soportes no tenemos que pagar un solo céntimo de euro a nadie en concepto de derechos de autor. El daño de la aplicación de este canon al software libre (al margen de a otras libertades cívicas y/o sociales) radica precisamente en que está diseñado para atacar algo que realmente no existe en nuestro modelo de distribución: la distribución ilegal.
5) Creemos importante una revisión de la actual legislación sobre derechos de autor, no nos parece justo que actualmente la sociedad tenga que pagar un canon por copiar, para su propio uso, una música que ya ha pagado una vez, y que tiene derecho a escucharla en cintas de casete, o en su reproductor de mp3s.
6) Y el futuro no es más propicio según la directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, se aconseja a que todas las legislaciones sobre derechos de autor incluyan el canon, como compensación a los autores.
7) Creemos necesario modificar la Ley de Propiedad Intelectual para salvaguardar los derechos de quienes no copiamos música protegida por derechos de autor y salvaguardar los derechos del autor de Software Libre, que explícitamente otorga el derecho de distribución a sus usuarios. Si el canon obliga a estos usuarios a pagar por esa distribución, se está vulnerando los derechos del autor sobre su obra. En profesiones como el periodismo, donde se utilizan cintas de casete para las entrevistas, se han pagado ya millones de pesetas a la SGAE. Aplicar esta ley también a los CDR nos parece excesivo.
La SGAE debería buscar la defensa de los autores que representa, no el cobro indiscriminado por la compra de cualquier medio que pueda albergar una obra artística. Si compara el compartir música con asaltar barcos para robar y matar (piratería), ¿cómo deberíamos comparar el cobrar un canon sólo porque el producto se puede usar para copiar? ¿Se paga un canon por los folios en caso de que se usen para fotocopiar obras? El canon, según la ley, es la compensación a los autores por copia privada, no es un método de compensar las pérdidas que provoca la copia ilegal.
9) La SGAE está en su derecho de reclamar los derechos de sus afiliados. Sin embargo, se ha excedido en su afán recaudatorio al pretender cobrar por actividades productivas diferentes de la creación artística. Se convierten así en auténticos corsarios, asaltando las propiedades de empresas y particulares no relacionados con ella y vulnerando los derechos de los autores de software libre entre otros.
10) Hacemos también un llamamiento para que creadores y autores de conocimiento y arte en general, igual que lo hacen artistas e ingenieros y/o programadores del campo de la informática, entreguen sus obras a la comunidad, de manera libre (no necesariamente gratuita). Esto es ahora posible gracias a que Internet evita los intermediarios y permite que cualquier persona escuche la música y pague por ella si lo cree conveniente, no hace falta una discográfica, no hace falta una productora, no hace falta una SGAE. Son los propios autores los que distribuyen su obra y reciben dinero de los oyentes que quieran compensar su creación, de quienes le encarguen directamente a ellos los CD