dsn escribió:
Pero entonces... ¿si quiero grabar una obra de... Duruflé (murió en 1986), puedo hacerlo sin problema, simplemente pagando el canon de reproducción mecánica? No me he enterado de nada, ¿verdad?
Te has enterado bien. Para más señas, la pregunta fue directamente hablando con alguien de Unión musical ediciones, que tiene los derechos de la antigua editorial U.M.E, que como ya sabréis ahora pertenece a Music Sales. De hecho, aún así ( y la prudencia en esto de los derechos es poca), de mi experiencia no es malsano en cada caso concreto preguntar. La respuesta textual fue:" Siempre que no modifique alguna nota, ni haga añadidos, ni correciones, se puede grabar la música de una partitura de un autor sin pedir permisos ni a la editorial, ni a ningún organismo, ni al autor; el único canon aparecerá en la duplicación de los discos, a través de la SGAE, en concepto de reproducción mecánica". Estaba preguntando en concreto por las transcripciones de Regino Sainz de la Maza de las seis pavanas, y de aquellas de Graciano Tarragó del Delfín de música de Narváez. Los dos ya han fallecido, uno hace casi 40 años, y el otro hace 30 y pico, pero independientemente de considerarse arreglo, transcripción, o ser autor directamente, la regla es la mencionada ahí arriba. ( He insistido varias veces en que me confirmara si hay diferencia dependiendo del caso)
dsn escribió:
Que por cierto, yo tenía entendido que las únicas seis pavanas conocidas de Luis de Milán estaban en El Maestro, que si no recuerdo mal está escrito para vihuela de mano, ¿es que hay más?
Es así. De hecho, tengo el fascimil, que se puede descargar legalmente de la bibioteca nacional convenientemente digitalizado. Pero como ya sabes hay varias transcripciones, siendo quizás la más popular la de Regino Sainz de la Maza. Casi es calcada a la tablatura original, aunque ( y estos matices lo hacen todo) comparando uno y otro ( trabajo que he realizado para precisamente corregir antes de grabar) Regino no ha sido al 100 % fiel, añadiendo alguna que otra nota, y eliminando otras, en casos muy puntuales ( por ejemplo en las pavanas 4 y 5 se puede apreciar) añadiendo en algún acorde de final de frase una tercera al intervalo de quinta para hacer más clásicas esas conclusiones, o sencillamente, para hacer más variada cada sección añadiendo ligeras diferencias, siempre propias del uso concertisticos, que de un arreglo en toda regla.
Soyuz escribió:
Por otra parte, eso de transcripción técnica lo encuentro un poco ambiguo. Si además de transcribir una obra hay que corregirla, adaptarla al registro, etc. ¿No hay ningún tipo de derecho de edición?
Ahí está un poco el quid de la questión. Como has dicho, hay ambigüedad. De lo que he investigado, hay tres supuestos:
1. Transcipción literal, sin modificaciones de la música, sólo transcribiendo la tablatura a pentagrama moderno. Como en este caso, la lógica propia exige que se haga de una manera única, no hay trabajo intelectual creativo, y no crea derecho de autor. Ahora bien, sí crea derechos en cuanto a trabajo editorial, no pudiéndose copiar, distribuir,etc sin permiso expreso de la editorial. Pero no afecta en cuanto a su uso musical (hablamos de obras de dominio público, claro)
2. Transcripción con correciones, edición crítica, urtext, etc. Aquí sí hay un trabajo de investigación que crea nueva información. Se generan derechos de autor, que no afecta, como está dicho aqui arriba, en cuanto a grabar, pero que como todos sabemos, ya sí afecta en cuanto a un concierto, o a usar para posteriores arreglos etc. La duración en estos casos de la autoría del trabajo es de 30 años.
3. Arreglo: Se considera un trabajo creativo en toda regla, se añade información totalmente nueva. Se sobrepone a la obra original, nunca mezclándose. Aquí dura el derecho 70 años después de muerto el autor.
Todo lo dicho, esto es lo que estoy averiguando, pero puedo estar yo mismo equivocándome al respecto. Todo el que sepa algo, bienvenido sea!
Un saludo, y gracias por vuestra colaboración