Dónde registrar música electrónica?

  • 2
Nox
#16 por Nox el 01/04/2013
#15
Ays, está bien, allá voy.

Cuando mandas algo por correo tienes varias opciones, a cada cual más cara y más "certificado":

1. Correo ordinario: Correos no te certifica nada. Ni fecha, ni contenido, ni si se recogió, ni nada.
2. Correo con acuse de recibo: Correos certifica quién y cuándo recogió lo que mandaste. NO certifica ni fecha del envío ni contenido, solo recepción.
3. Correo certificado: Correos certifica que enviaste "algo" y la fecha del envío. NO certifica ni fecha ni nombre de recepción.
4. Correo certificado con acuse de recibo: obviamente, suma las dos anteriores.
5. Burofax a secas: Correos no certifica nada, simplemente es más rápido que el ordinario por que lo envían por fax a la oficina de destino.
6. Burofax certificado con copia certificada y acuse de recibo: Correos certifica el contenido, vamos el texto de lo que has mandado, la fecha de envío, la fecha de recepción y quién lo recibió.

Por tanto, la única forma de que pudieras hacer lo de enviarte algo a ti mismo sería la última opción, el burofax certificado con copia certificada y acuse de recibo (un "burofax con todo" si ya te conoces a los de tu oficina de correos).
Y ahora tienes un problema, NO puedes mandar por burofax un objeto sea cual sea, no es regulación o capricho de correos, es físicamente imposible... ¿Por qué? Es muy fácil, pero tienes que entender qué es un burofax.

Cuando mandas un burofax desde tu oficina de Correos, el funcionario que te toque coje el papel (o los papeles) que le das, mira a ver cual oficina de correos más cercana al destino, y envía los papeles por fax a dicha oficina. En esa oficina cojen la copia de los papeles tal cual sale de su fax, y el próximo cartero que salga se los lleva a su dirección de destino.
Seguro que ya entiendes que es imposible mandar un CD por burofax, pero vamos, es que el CD no cabe en el fax :desdentado: :mrgreen: :mrgreen:

Tú me dirás, lo mandas por paquetería certificado... existe paquetería certificado, pero solo tienes las opciones 3 y 4, véase certificado y con acuse de recibo, así que no te vale pa nada, por que dentro del paquete puede haber cualquier cosa y Correos NO te va a certificar el contenido de un paquete de ninguna forma, vamos, es que no existe esa opción (no me imagino al administrativo de correos, con todo el respeto, abriendo el paquete, sacando tu cd, y apuntando minuto a minuto lo que va pasando en la canción :mrgreen: ).
Por tanto, lo único que puedes demostrar es que has enviado "un" paquete con "una" fecha, y que "ese" paquete se recogió con "otra" fecha, cosas que en este caso no te sirven pa nada.

Además de todo esto, repito, la ley y los propios jueces reconocen la función y capacidad de los correspondientes registros para certificar cualquier propiedad, así que la cosa está clara, no hay que buscarle tres pies al gato.

Saludos.
Subir
OFERTASVer todas
  • -11%
    Arturia Minilab 3
    85 €
    Ver oferta
  • -33%
    Behringer X-Touch Compact
    249 €
    Ver oferta
  • -100%
    Behringer Powerplay P16-M Personal Mixer
    0 €
    Ver oferta
plastamix
#17 por plastamix el 01/04/2013
No me entiendes

Correos no tiene que certificar nada. Tú tienes un paquete cerrado, chapado, a cal y canto. El paquete tiene de remitente tú. El paquete tiene de destinatario tú. El paquete tiene una fecha de matasellos de una institución oficial, correos Tú vas con ese paquete cerrado, chapado, precintado, que no se escapa ni una ameba, se lo das a un juez, el juez abre el paquete, y el juez dice: "esto que hay en este paquete es tuyo desde la fecha que figura en este matasellos, y no puede ser de otro mientras no demuestre que tenía posesión de ello en una fecha anterior a esta fecha". Si no puede y la música es como la del cd del paquete es que la ha plagiado.

ESO es registrar algo a través de correos.

Y la ley no tiene que reconocer nada más que lo que es probado de manera inequívoca, sin ningún lugar a la duda. Demuestra de manera inequívoca la RPI, sí, pero de ninguna manera es lo único que en este mundo demuestra algo de manera inequívoca.
Subir
Nox
#18 por Nox el 01/04/2013
#17

Tienes un par de conceptos mal:

Tú y solo tú, dices que ese paquete está igual de cerrado que el primer día.
Tú y solo tú, dices que dentro de ese paquete hay lo mismo que el primer día.
La única prueba de todo esto es tu palabra, y solo tu palabra.
Tu palabra en un juicio, si eres parte implicada, (no te lo tomes a mal) no vale una puta mierda.

Por eso hay que certificar los hechos. No se certifica tu palabra ni la del contrario, se certifican los hechos. Un hecho es que tú mandaste "un" paquete con fecha la que sea, certificado por correos; un hecho es que tú recibiste "ese" paquete con fecha la que sea, certificado por correos; lo que había en ese paquete cuando lo mandaste es tu palabra, no un hecho.

La ley no "tiene" que reconocer nada, no está "obligada" a nada, la ley es la que es y los jueces son los que son, y punto y pelota. Cuando dices:
plastamix escribió:
Y la ley no tiene que reconocer nada más que lo que es probado de manera inequívoca, sin ningún lugar a la duda

... estás hablando de justicia, no de ley. La ley está escrita y es la que es: el reconocimiento de los registros como forma de reconocer cualquier propiedad existe en la ley, de memoria no puedo decirte qué artículo es pero está en el código civil.
A parte de los registros, existe la persona del perito, que certifica los hechos bajo su propia responsabilidad, pero NUNCA la palabra de un implicado. De hecho, si tu llevas un testigo que tenga algún interés en el asunto por pequeño que sea, la palabra de ese testigo tampoco vale una puta mierda.

Saludos.
Subir
plastamix
#19 por plastamix el 01/04/2013
Ya, todo eso que me cuentas ya lo sé. No me vengas ahora hablando de la función de un perito que parece que lo que quieres es rellenar. He dicho arriba, lee, que tiene que quedar BIEN CLARO y BIEN CLARO es BIEN CLARO, no lo que parece que entiendes por BIEN CLARO, que el paquete no ha sodo abierto, condición indispensable, he dicho. He dicho precintado. ¿Sabes lo que es un precinto?
Si quieres discutirme algo DISCÜTEME LO QUE HE DICHO. SÉ perfectamente lo que vale mi palabra. Un paquete cerrado y precintado NO es mi palaba. Y lo que dice que está igual de cerrado que el primer día es un precinto, no mi palabra

Cuando tú dices :"Además de todo esto, repito, la ley y los propios jueces reconocen la función y capacidad de los correspondientes registros para certificar cualquier propiedad, así que la cosa está clara, no hay que buscarle tres pies al gato." lo que yo te digo que lo que reconoce eso de lo que hablas es lo que esté probado y bien probado de manera inequívoca, y prueba y bien prueba de manera inequívoca el RPI pero NO ES LO ÚNICO QUE PRUEBA DE MANERA INEQUÍVOCA.

Todo esto que he puesto es la repetición de lo que ya he puesto, mientras tú cada en cada post hablas de una cosa. Eso para mí deja bien claro

1- que no tienes más que ganas de discutir
2- que no lees lo que escribo

Por lo cual FIN de la MIERDA de discusión.
Subir
Nox
#20 por Nox el 01/04/2013
Si te enfadas no es por lo que yo te haya dicho, eres tú el que no está entendiendo las cosas aquí, llegados a este punto me pregunto si en realidad no quieres entenderlas, no sé si por orgullo, por cabezonería o por pura ignorancia, pero en fin, es lo de menos.

En cada post te he respondido a lo que tú has dicho, te he dado argumentos uno tras otro para que te des cuenta de que estás equivocado. Una y otra vez con la mejor de las intenciones, por cierto. Pero como veo que te gusta escribir en mayúsculas, ponerte chulito y usar ese tonillo de cabreado, pues en realidad debería responder a tu obcecación de la misma manera, pero mira, resulta que estoy hasta los cojones de intentar ayudar y de compartir los conocimientos que pudieran ser útiles a alguien y que me respondan de estas maneras.
La coña es que después voy por todo el foro defendiendo al que no sabe, me lo tengo merecido por ingenuo :roll:

Así que oye, tú mismo ¿que quieres hacer el ridículo? De puta madre, envíate un paquete con tus canciones y ahí te den... oye, a lo mejor te puedes enviar una carta con la declaración de la renta con un sellito de esos de pagado, después vas a hacienda, se la abres delante de las narices al funcionario de turno y le dices que eso demuestra de manera fehaciente e inequívoca que tú has pagado; de paso le dices que si no está de acuerdo que te denuncien, que tú estás seguriiiiiiiiisimo que el juez te va a dar la razón :ook:

:evil:
Subir
J23
#21 por J23 el 02/04/2013
Nos os enfadeis xD, vamos a dar opiniones para llegar a una conclusión final, porque sinceramente, por más que miro foros veo que esto del registro nunca está claro (para música electrónica).
Yo opino , al igual que Nox, que el envío de correspondencia no sirve.
Los del RPI no me contestaron aun el correo (incluso puede que nunca lo hagan), voy a enviarles también la cuestión a la SGAE, que aunque ellos no registren, puede que estén informados de cómo importantes clientes suyos lo hacen.
Subir
Hilos similares
Nuevo post

Regístrate o para poder postear en este hilo