Duplicacion de CD ¡Problemas con SGAE!

Biofix
#31 por Biofix el 29/09/2009
Alguien escribió:
Hombre, imagino que la SGAE la registrará en el RPI por ti, no?
O quizá tú mismo tengas que hacerlo.
O quizá a efectos legalas, el registro en la SGAE (como sociedad autorizada por el Ministerio de Cultura) tenga la misma validez que si lo haces en el RPI.


De lo que dices, lo primero me extrañaría, y lo último según tengo entendido no es así (pero tampoco lo sé seguro).
Lo segundo se lo recomiendo a todo el mundo que sea autor de una obra (vaya luego a registrarla o no en la SGAE).
A ver si alguien que sea miembro de dicha entidad, o que sepa un poco de todo esto, nos aclara las dudas.
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anibalgallego
#32 por anibalgallego el 29/09/2009
Pero quién dice que, efectivamente, haya que firmar ninguna carta de renuncia a la SGAE?
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toniterrassa
#33 por toniterrassa el 29/09/2009
Biofix, el registro en la Sgae no te garantiza la protección de tu obra, eso hay que hacerlo en el RPI. Sgae gestiona el cobro/pago de los derechos de autores afiliados, el RPI da fé de la autoría de una obra a efectos legales.
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anibalgallego
#34 por anibalgallego el 29/09/2009
Joder, pues ya podrían ellos mismos mandar un chavalín en prácticas/cadete al RPI a registrar la obra en nombre del autor... en plan "estamos a tu servicio, amigo autor"
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Biofix
#35 por Biofix el 29/09/2009
Alguien escribió:
Biofix, el registro en la Sgae no te garantiza la protección de tu obra, eso hay que hacerlo en el RPI. Sgae gestiona el cobro/pago de los derechos de autores afiliados, el RPI da fé de la autoría de una obra a efectos legales.


Lo que me imaginaba, pero entonces si te haces socio ¿la SGAE te pide que registres la obra en el RPI o te acepta la autoría aunque no lo hagas? Es la duda que tengo.
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toniterrassa
#36 por toniterrassa el 29/09/2009
No tienes porqué tener tu tema registrado en el RPI para registrarlo en Sgae, sólo hace falta que seas socio de esta última.
Pero repito, tener un tema registrado en Sage no da fé de su autoría, de eso se encarga el RPI: Puedes tener el mismo tema registrado en Sgae antes que otra persona, pero si esa persona registra antes que tú en el RPI, ese tema es suyo.
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Biofix
#37 por Biofix el 29/09/2009
Alguien escribió:
No tienes porqué tener tu tema registrado en el RPI para registrarlo en Sgae, sólo hace falta que seas socio de esta última.


Ok, aclarado entonces.
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