#2 Y en la practica, de que sirve registrarlo en el ministerio? Si ante un juicio, vas a tener que ir por libre y un simple video de youtube subido por ti, ya puede valer, ya que se ve la fecha de ''creacion''. Y ya no digamos si lo tienes en la Sgae, con todos los datos, melodias, cancion, letra, lo que sea.
mod
#3
Lo he escrito muchas veces en otros tantos hilos sobre el tema: porque un juez sólo está obligado a reconocer como válido el registro en el RPI. Lo de la SGAE puede admitirlo como prueba o no, lo del video puede admitirlo como prueba o no (y ya te aviso que lo más esperable es que por sí sólo no le valga, lo de la fecha de creación de un video es tremendamente fácil de manipular), lo de que un notario te levante acta de que le has presentado la partitura, puede admitirlo como prueba o no, etc. Que rápidamente me diréis ¿cómo no va a admitir como prueba lo de la SGAE? Repasad la de veces que os habéis enterado de una sentencia y os ha parecido absurdo que no se consideraran ciertas pruebas. Pues eso. Dependerá en gran medida de los abogados de las partes y del juez que toque para ese asunto.
Si yo tengo registrado un tema en RPI en fecha posterior a cuando tú registraste ese mismo tema en SGAE, te toca a tí demostrar que mi registro no es válido, no te basta con decir que es de fecha posterior. Te toca convencer al juez de que el registro que hiciste en SGAE es prueba suficiente de que el que ha plagiado he sido yo.
Así que en la práctica, registrar en RPI sirve, y mucho.
#4 No sere yo el que se las de de experto en derecho, pero vamos, no se que juez puede dar mas validez a algo que se registro en 2015 contra algo que se registro en 2012 en la sgae. Creo que es evidente, que no estamos hablando de un escrito a mano por uno mismo rellenable un minuto antes de presentar pruebas XD
Hablamos de la sociedad general de autores del pais. No de un contrato en un clinex. no te quiero quitar razon, pero me gustaria saber que casos son esos en los que se ha rechazado al presentar como prueba un tema registrado en la sgae con anterioridad, al supuesto plagio o robo o etc
Perdonad mi ignorancia sobre el tema pero ¿alguien sabe si realmente es util el registro en safecreative.org? Parece una empresa seria y el proceso de registro me resulta el más rápido y cómodo. Lo veo tan sencillo que me hace dudar de su eficacia real pero si de verdad funcionara estaríamos protegidos de plagio incluso fuera de nuestro país. Eso es lo que mas me extraña ya que las leyes son distintas en cada estado.