Lo ideal sería:
- Un 50% si estás en el lugar y no puedes montar.
- Un 100% si has montado y has probado sonido.
Entonces ocurre que tienes que hacer uso de las clausulas. ¿Qué pasa? Que te vienen con amenazas tipo, ¡No os volveremos a llamar! Aquí hay que negociar con mucho tacto. Normalmente te pagan una parte (un 20% ó 30% por los gasto de desplazamiento) y se traslada el evento a otro día.
Yo me he encontrado de todo. Bueno (cuando llueve y te dicen que para casa) y malo (discusiones y broncas de todo tipo). En el primer caso está claro: el concierto estaba asegurado. En el segundo, toca negociar.
Sin contrato, eso sí. No tienes nada que hacer.
Es como todo en esta profesión de músico modesto: ¡UNA MIERDA!. Fui acompañando un par de años a un famosete y no había estos problemas. Se cobraba antes de empezar, se respetaba el contrato,... Pero el tema grupos de versiones, orquestas, etc... suerte tienes si cobras al final del bolo. Hablo de ayuntamientos, lógicamente. Con clientes particulares todo es menos farragoso, o no. Las variables son tantas...
#3
Si lo del 50% me parece coherente, aunque me parece un poco engorroso tener que pedirle al cliente ese 20% mas (ya que el otro 30% lo tengo del adelanto), asi que me parece que lo tendre que dejar en 30% en caso de que se tenga que cancelar ANTES de montar.
Si lo que le dije a este cliente fue que si se cancela y no llegamos a montar el equipo, solo seria el 30% con posibilidad de cambiar la fecha. Y que en caso de que la cancelación se haya hecho cuando nosotros ya estábamos ahí, que habría que tener en cuenta también los gastos de transporte de ese día. Si el concierto se cancela una vez montado el equipo, se abona la totalidad del concierto (lo que no le dije es la posibilidad de cambiar la fecha... que precio le cobraría si quiere contratarnos para otro día a pesar de que ya pago la totalidad del concierto cancelado??)
Nosotros tenemos todo aclarado en el contrato que les enviamos, pero nos faltaba esta clausula referente a cancelación/modificación por lluvia o por cualquier otro motivo
Mi opinión es que primero definas (y por supuesto separes) cancelación voluntaria y cancelación involuntaria (como es el caso que ocupa).
Saludos.
#5
propones que, en caso de cancelación por lluvia o cualquier problema que se va de las manos del cliente, le cobre menos y en caso de cancelacion por "capricho" del cliente cobrarle mas??
Bueno arme un gráfico de las nuevas condiciones que vamos a poner en practica en cuanto a cancelaciones o modificaciones de la fecha del concierto... a ver que les parece:
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