Hacienda pone un impuesto del 4% a las ventas de segunda mano

Tabu Playtime
#76 por Tabu Playtime el 22/11/2017
En realidad esto es un hilo de política, económica, me recuerda cuando la gente dice que odia y no quiere hablar de política, y al rato están hablando de la falta de derechos o la injusticia de ...,


Me ha parecido leer que si compras un sinte de segunda mano no hay garantía, en las ventas de 2º mano hay dos opciones, si el vendedor es profesional, mínimo 1 año de garantía, si es particular, mínimo 6 meses, otra cosa son los problemas para gestionar entre particulares.
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Synclavier
#77 por Synclavier el 22/11/2017
Un particular no puede dar garantía a una máquina, no puede dar soporte técnico. Además, una vez que el equipo está en casa del comprador, la posible garantía ya estaría anulada, porque el vendedor no sabe lo que pudo hacer con el aparato, si se le pudo caer o lo abrió y tocó lo que no tenía que tocar...

Cuando el producto es nuevo, la marca tiene métodos (sellos) para saber hasta cierto punto si el equipo fue manipulado, pero en segunda mano esto ya está anulado y el vendedor además no tiene por qué saber nada de eso, no es un técnico de la marca.

Lo máximo que puede hacer, si así lo acuerdan las dos partes, es deshacer la compra-venta, aceptandose la devolución del dinero por parte del vendedor y del equipo por parte del comprador, nada mas.

Lo de los impuestos y la garantía creo que no tienen ningún sentido en artículos usados vendidos entre particulares. Un particular no es una empresa.
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VillaPablejo
#78 por VillaPablejo el 22/11/2017
#77 Una garantía de devolución si es compra a distancia o compensación económica según unas fechas, creo que mejor decir un seguro.
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Tabu Playtime
#79 por Tabu Playtime el 22/11/2017
La ley dice eso, da igual si no puedes dar soporte, y eso de que no sabes que hizo, pues casi lo mismo que con cualquier garantía, si se ven signos de un trato inadecuado ( no que haya sido manipulado) podrás meterte en mas líos, ahí entran los peritos que cobran por decirte el origen del fallo, pero ya dije que entre particulares se complica la cosa, pero si falla antes de 6 meses usándolo adecuadamente, se podría reclamar.

Con garantías del fabricante con productos nuevos, a veces en una parte de de esa garantía, el último año o lo que sea, debe ser el comprador el que pruebe que el fallo no ha sido de un uso inadecuado, con pruebas periciales. No se como funcionara entre particulares en segunda mano todo esto.

Los pisos, bienes inmuebles tienen otro tipo de garantía en segunda mano.
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Australia mod
#80 por Australia el 22/11/2017
siropene escribió:
no necesitas aplicar nuevos impuestos.
JotaEfe escribió:
No se ha puesto ningún impuesto. Simplemete se ha respondido por parte de la Dirección General de Tributls a la consulta de un contribuyente, que preguntó si las ventas de segunda mano en plataformas online deberían tributar por algún impuesto. Y la respuesta ha sido que sí,
Australia escribió:
No es nada nuevo, no han creado ningún impuesto.
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vagar
#81 por vagar el 22/11/2017
En las compraventas entre particulares lo que hay no es exactamente una garantía, sino una responsabilidad por vicios ocultos (si te venden, por ejemplo, un sinte al que no le funciona algún fader sin avisarte).

https://www.aobabogados.com/blog/la-reclamacion-por-vicios-ocultos-en-una-compraventa
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Elver Galarga
#82 por Elver Galarga el 22/11/2017
#81 Los vicios ocultos están claros: putas, juego, drogas y alcohol :desdentado:
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Teo Tormo
#83 por Teo Tormo el 22/11/2017
#81 Adicionalmente en lo indicado en tu enlace, faltaría que según el código civil el comprador dispone de hasta seis meses para dicha reclamación. Al menos tras ojear rápido el enlace creo que no lo pone.
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vagar
#84 por vagar el 22/11/2017
#82 Esos no son vicios ocultos, todo lo contrario, están ya muy vistos.

#83 Claro que lo dice, pero nunca está de más recalcarlo.
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Elver Galarga
#85 por Elver Galarga el 23/11/2017
vagar escribió:
Esos no son vicios ocultos, todo lo contrario, están ya muy vistos.


Bueno, si estás casado conviene ocultarlos :desdentado:
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Tabu Playtime
#86 por Tabu Playtime el 23/11/2017
#81

Si que es distinto a una garantía, que cubre un fallo con un uso adecuado, debí entender algo mal, claro que es distinto un fallo oculto, que un fallo posterior con uso adecuado. Gracias por aclarar.

Creo que lo había leído aquí.

http://www.consumer.es/web/es/economia_domestica/sociedad-y-consumo/2012/05/07/209393.php
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Mr. Nobody
#87 por Mr. Nobody el 17/12/2017
Guapa y con dinero escribió:
las ventas online que generen beneficios se declaren en el IRPF como ganancia patrimonial

Si no me equivoco, esa es la clave...

Ejemplos:

- Alguien compra un sinte nuevo por 500€ y -por motivos X- lo vende por 300€ (resultado SIN beneficio)
- Alguien compra un sinte nuevo por 1500€ (unidades limitadas) y luego -por motivos X- lo vende por 2000€ (resultado CON beneficio)
- Alguien compra un sinte de 2ª mano por 600€ (de un vendedor despistado que desconoce el valor real actual) y luego -por motivos X- lo vende por
3000€ (resultado CON beneficio)


Creo que esto es más o menos así. ¿Alguien lo confirma? Un saludo.
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Max
#88 por Max el 18/12/2017
...empezaremos a ver un montón de ventas de los míticos "bolis BIC".

...así como....:

- vendo boli BIC por 1 € y "regalo" mixer Pioneer DJM-400 (valorada en 179 €)

...y tendremos claro los vendedores y compradores que me están vendiendo la mesa por 180 €, una vez que se propagara las "nuevas" compra-ventas en este sentido, si verdaderamente Hacienda quiere "volver" a cobrar más impuestos sobre algo que en su día ya se pagó.

...o dicho de otra forma: CAMBIO mixer Pioneer DJM-400 (valorado en 180 €) por "algo" similar. Y claro....que hay más "similar" que esos 180 €.

...no creo que Montoro y sus secuaces pudiesen probar ante un juez sobre posible delito fiscal (a no ser en hecho flagrante) una transacción así.
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Max
#89 por Max el 18/12/2017
juanma70 escribió:
Un particular no puede dar garantía a una máquina, no puede dar soporte técnico.


...sí, si puede.
...mediante contrato de compra/venta particular, se puede pactar lo que sea. La responsabilidad se fijaría en dicho contrato y sus condiciones particulares. No es necesario que sea un SAT alguien particular, pero sí que "garantice" cualquier fallo estipulado en dicho contrato y correr con los gastos de las posibles reparaciones que se realicen en un centro especializado (SAT) o de cualquier otra manera.

...yo puedo venderte un mixer de segunda mano y darte una garantía "personal" de 3 meses (por ejemplo) ante fallos específicos delimitados bajo un contrato por ambas partes que lo señalen. Por ejemplo: te vendo el mixer y se hace un acuerdo por ambas partes donde el vendedor que soy yo, te garantiza que los fader y potenciómetros no te van a rascar en esos 3 meses y si eso sucediera, cualquier reparación correría de mi cuenta.

...en ese contrato de compra/venta, se puede estipular entre particulares cualquier cosa. Allá cada uno en ofrecer y/o en aceptar las condiciones que a priori se acordaran. Esto es independiente de lo que marca la ley sobre las garantías de compra/venta entre particulares que existen sobre los vicios ocultos (que mal llamados así, son engaños....pues un vicio oculto es algo que no se dice al comprador a sabiendas de que está defectuoso).

juanma70 escribió:
Cuando el producto es nuevo, la marca tiene métodos (sellos) para saber hasta cierto punto si el equipo fue manipulado, pero en segunda mano esto ya está anulado y el vendedor además no tiene por qué saber nada de eso, no es un técnico de la marca.

...lo mismo que hacen las marcas, lo puede hacer un particular. Hay muchos métodos para ello igualmente.

juanma70 escribió:
Lo de los impuestos y la garantía creo que no tienen ningún sentido en artículos usados vendidos entre particulares. Un particular no es una empresa.


...aplicando el sentido común y la lógica, tienes toda la razón. Pero jurídicamente, aunque nos parezca un sinsentido, el estado sí debería aplicar ese impuesto (cada vez que se compra y vende) con cualquier cosa que se venda sea nuevo o de segunda mano. Un particular no es una empresa, pero una venta es una venta y una compra es una compra independientemente de las partes que compran o venden que pueden ser particulares o empresas.

...lo que pasa es que casi nunca se ha aplicado el impuesto de compra/venta excepto en aquellas cosas donde se necesita un registro oficial que justifique la propiedad del comprador (casas, vehículos....y bienes "registrables" principalmente). La ley también especifica los años que un producto está sujeto a éste gravamen.

...también está sujeto al beneficio/perjuicio de las compraventas. Por eso casi nunca se ha cobrado (y por mucho que se diga, será muy difícil que en el tema tecnológico se cobre actualmente) más de segunda mano un producto que lo que vale de nuevo con lo que si beneficio, pues no hay cantidad a aplicar.

...aquí lo explican mejor que yo:

http://www.bolsamania.com/declaracion-impuestos-renta/fiscalidad-de-la-venta-a-traves-de-internet/

:cool:
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KlausMaria
#90 por KlausMaria el 18/12/2017
Guapa y con dinero escribió:
Si bien las transacciones digitales crecen de forma exponencial, las ventas físicas son las más difíciles de localizar para el Fisco.


Pues nada, anuncias online y vendes offline... les va a faltar el aire.

Mani Ataó (aborigen) escribió:
No pueden quedar reductos sin fiscalidad.


Es cierto que la fiscalidad aporta luz y evita la parte negra de la economía. Ahí está el tema de comercio carnal y el debate de su legalización, que al final es básicamente ponerle impuestos... quizás nos llevase a la curiosa situación de que Montoro fuese el mayor proxeneta de España. :-) No tengo un posición clara en esto, no ya por la fiscalidad si no por la presunta libertad de ejercer.

Pero por otra parte lo de ligar tributación y servicios públicos es simplemente maniqueo. Eso lo explican en primero de Sistema Fiscal, ¿porqué recauda impuestos y tasas el Estado?... y el ingenuo estudiante responde: para hospitales, para carreteras, para escuelas... pero la pregunta no es para qué, la pregunta es ¿porqué?: y es sencillo, porque puede.
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