Y las interpretaciones como se registran? es decir, si toco una sonata de beethoven, el autor de la interpretacion soy yo, pero la obra musical en si la hizo beetoven hace 220 años, y los derechos de autor como que ya caducaron (por suerte), además lo que intento registrar es el sonido que yo hago con esa obra frente al sonido que otro pudiera hacer con la misma.
Otra forma de registrar tu cd?
Y las interpretaciones como se registran? es decir, si toco una sonata de beethoven, el autor de la interpretacion soy yo, pero la obra musical en si la hizo beetoven hace 220 años, y los derechos de autor como que ya caducaron (por suerte), además lo que intento registrar es el sonido que yo hago con esa obra frente al sonido que otro pudiera hacer con la misma.
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A mi me resultaria chocante que yo registrara legalmente un tema, constando a todos los efectos como el autor del mismo, y que luego por que venga uno con un sobre me pueda quitar la autoría delante de un juez y alegar que el tema es suyo. Entonces ¿de que sirve registrar un tema si te lo pueden usurpar tan fácilmente?. Insisto en que por muchos matasellos que le pongas a un sobre, hay muchas maneras de poder cambiar el contenido sin que se note, sin contar con que un matasellos no es mas que un sello hecho con un tampón de goma, que es lo más fácil del mundo de falsificar. Como no sea que llamen al Grisom ese...
Debussy escribió:Lo que no se es porque hay que registrar la partitura. Hay musica que utiliza efectos imposibles de representar en una partitura convencional (musica electronica o textural) , y para poner un grafico de ondas mejor el archivo sonoro en sí, no?
Y las interpretaciones como se registran? es decir, si toco una sonata de beethoven, el autor de la interpretacion soy yo, pero la obra musical en si la hizo beetoven hace 220 años, y los derechos de autor como que ya caducaron (por suerte), además lo que intento registrar es el sonido que yo hago con esa obra frente al sonido que otro pudiera hacer con la misma.
Leed esto:
Cap.3 - PROTEGE TUS OBRAS:
El Registro de la Propiedad Intelectual
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Como sabes, es muy importante proteger tus pistas antes de enseñarlas por ahí, si te decides a ello, en primer lugar debes plasmar en partitura doble: la línea melódica en el pentagrama superior y el bajo en el inferior (puede ir cifrado, si lo prefieres). Normalmente la melodía se escribe en clave de SOL y el bajo en clave de FA. La letra, si lleva, puedes pasarla en folio aparte, o insertarla por sílabas sobre las notas.
La cuestión de tu partitura será coser y cantar si dispones de Logic, Cubase, Notator, etc. En Logic, que es el que yo utilizo, basta con seleccionar las pistas de melodía y bajo y abrir la ventana score y tendrás en solfa toda esa información MIDI.
Confecciona una portada en la que figure el título y duración de los temas y el autor de la música y el de la letra, en su caso. Encuadérnalo con unas tapas de plástico y dirígete con una fotocopia del DNI de los autores a la oficina del Registro de la Propiedad Intelectual, que depende del Ministerio de Educación y Cultura (hay sucursales en todas las capitales de provincia, Ceuta y Melilla. Entrega el dosier, rellena un impreso con tus datos y abona 1.800 pelas por tema; Te darán un bonito resguardo y, en unas semanas, la notificación del registro definitivo o los eventuales reparos. Ya puedes presentar tus pistas a las discográficas sin miedo a que te las plagien.
¿Y si tus temas no tienen melodía, ni bajo?, tan solo una serie de climas, atmósferas ciber, ruidos naturales o industriales y algún que otro loop de percusión para darle ritmo al asunto. Pues más fácil todavía: Tu música encaja en lo que SGAE denomina como "música electroacústica", y por tanto de difícil transcripción, bastará con que presentes tus temas en cassette en el Registro de la Propiedad Intelectual (en CD o DAT si lo haces en la SGAE) y especifiques en el formulario que se trata de este tipo de música. Pero ten en cuenta que el registrador al escucharla, puede considerar que algún pasaje es traspasable a partitura y te la devolverían para que lo hagas. Si tus temas contienen alguna secuencia grave o aguda, arpegiador o algunas notas que puedan considerarse como melodía o bajo, pásalas a papel y no te arriesgues a perder más tiempo.
"Obtenido de la web http://www.azulynegro.com, escrito por Carlos G. Vaso"
Hay trucos, pero hay que comerse el coco:
re-mi-si-mib, si
yo compongo esto y va uno, me lo plagia y le denuncio.
JUEZ: pero chaval, como vas a demostrar que esto es tuyo si no hay documentos legales?
YO: señoría, la realidad oculta mogollon de sorpresas: diga las notas del tema en ingles
JUEZ: (suponiendo que sepa musica, que va a ser que no) re=D, mi=E, Sib=B, mib= E (flat) un silencio y si=H o B (depende si es aleman o ingles)
Debeb?
YO: la que viene despues del silencio no cuenta, por eso esta separada.
JUEZ: DEBESI
YO: per la segunda E debe ser más cerrada, cercana a una i, puesto que es "Flat"
JUEZ: DEBISI
Este metodo era muy común en el siglo XVII y XVIII, cuando los plagios estaban a la orden del dia
re-mi-si-mib, si
yo compongo esto y va uno, me lo plagia y le denuncio.
JUEZ: pero chaval, como vas a demostrar que esto es tuyo si no hay documentos legales?
YO: señoría, la realidad oculta mogollon de sorpresas: diga las notas del tema en ingles
JUEZ: (suponiendo que sepa musica, que va a ser que no) re=D, mi=E, Sib=B, mib= E (flat) un silencio y si=H o B (depende si es aleman o ingles)
Debeb?
YO: la que viene despues del silencio no cuenta, por eso esta separada.
JUEZ: DEBESI
YO: per la segunda E debe ser más cerrada, cercana a una i, puesto que es "Flat"
JUEZ: DEBISI
Este metodo era muy común en el siglo XVII y XVIII, cuando los plagios estaban a la orden del dia
Jeje, muy ingenioso Debussy. Y en las letras también se pueden ocultar mensajitos, y si no que se lo digan a Naim Thomas
http://www.los40.com/articulo.html?xref=20030623l40l40not_10&type=Tes&anchor=l40actn01&d_date=20030623
http://www.los40.com/articulo.html?xref=20030623l40l40not_10&type=Tes&anchor=l40actn01&d_date=20030623
En teoría, tener alojado tus temas como mp3 en una página web debería servir tanto o más que lo del sobre de correos, que como ya han comentado, está sujeto a trampas como abrir el cierre del sobre, etc.No obstante, lo del tema mp3 lo planteé hace algún tiempo en este mismo foro, y me comentaron que tampoco serviría demasiado.
uf, es que si lo del sobre es trampeable ya no digamos internet.... Ahí si que hay mil formas de hacer trampa. Incluso aunque la web en cuestión tuviera un sistema de control con algun tipo de firma digital para evitar fraudes tampoco me fiaria yo mucho. Siempre hay quien se cepilla cualquier sistema de protección y internet está en el "aire".
Jaume.Areste escribió:Internet está en el aire, pero cuando subes un archivo, pongamos en Soundclick, este lo hace en una fecha determinada y constará en alguna parte, ¿no?. ¿Cómo es trampeable eso?
Jaume, yo no lo se porque no soy hacker, hace una semana estuve en la Euskal Encounter de Barakaldo y asistí a una conferencia sobre seguridad informática en la que el ponente nos aseguró que hackear una web es lo más fácil del mundo, que lo puede hacer cualquiera sin conocimientos especiales, solo usando las herramientas adecuadas para las que hay miles de tutoriales por la red y que en algunas web ni siquiera hacen falta herramientas. Si hackean webs de bancos, del gobierno, etc, no van a poder hackear Soundclick y cambiar las fechas o los archivos que quieran sin que nadie se entere? yo creo que si, es más, estoy segurisimo de que si.
Y con respecto a lo que dice Debussy pues también tiene razón, seguro al 100% no hay nada, pero puestos a elegir me parece más fiable el tema del registro (en el que el funcionario de turno se puede jugar el puesto) a los otros.
Y olé!
lo del registro como música electroacústica está muy bien, pero y la música q si tiene melodía pero también se basa mucho en los efectos y experimentación sonora?
es un poco rollo...
yo creo q sería más fácil no? yo registro un cd de música. Bien, pues todo lo q haya en ese disco, melodías, ambientes, efectos, etc, pasaría a ser propiedad del q la ha registrado. tan difícil sería?
es un poco rollo...
yo creo q sería más fácil no? yo registro un cd de música. Bien, pues todo lo q haya en ese disco, melodías, ambientes, efectos, etc, pasaría a ser propiedad del q la ha registrado. tan difícil sería?
De todos modos creo que debe haber lagunas legales, es decir, puedo registrar el acorde Do-mi-sol? Toda la música tonal que se hiciese desde entonces tendría que pagarme derechos porque estaría basada en manipulaciones de esta mi "obra", o no? Tambien podría registrar el escueto cifrado de un blues tipico: todos los blues hechos desde entonces estarían plagiandome?
Debussy escribió:De todos modos creo que debe haber lagunas legales, es decir, puedo registrar el acorde Do-mi-sol? Toda la música tonal que se hiciese desde entonces tendría que pagarme derechos porque estaría basada en manipulaciones de esta mi "obra", o no? Tambien podría registrar el escueto cifrado de un blues tipico: todos los blues hechos desde entonces estarían plagiandome?
Hay límites, en efecto. Para considerar plagio un tema tiene que tener unas coincidencias mínimas, lo que pasa es que no recuerdo ahora cuales son esos mínimos, pero vamos, que limites hay, sino sería un cachondeo jeje
CUANDO HAGAIS NUMEROS UNO EN VENTAS OS PREOCUPAIS DE ESO
CREO QUE GASTAIS MUCHA SALIVA ,PERO HACEIS POCA MUSICA,
ENVIAR EL CD A UN NOTARIO SI OS APETECE PERO YO CREO QUE DEBERIAIS GASTAR LAS NEURONAS EN HACER PRIEMRO LOS TEMAS Y LUEGO TRANQUILOS QUE SI VUESTRA MUSICA ES INEDITA YA OS CONOCERAN SI NECESIDAD DE TANTO ROLLO NO CREEIS.
ALA A TRABAJAR
CREO QUE GASTAIS MUCHA SALIVA ,PERO HACEIS POCA MUSICA,
ENVIAR EL CD A UN NOTARIO SI OS APETECE PERO YO CREO QUE DEBERIAIS GASTAR LAS NEURONAS EN HACER PRIEMRO LOS TEMAS Y LUEGO TRANQUILOS QUE SI VUESTRA MUSICA ES INEDITA YA OS CONOCERAN SI NECESIDAD DE TANTO ROLLO NO CREEIS.
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