Yo a veces si me interesa mucho un cantante, negocio la cesión de parte del porcentaje de los derechos de un tema.
¿Derechos? No entiendo el porqué, se le paga la cantidad acordada y las regalías las recibe de la AIE.
Si canta y toca la pandereta a la vez se le paga mas.
¿Enserio nunca se a preguntado esto en hispasonic?.
El que canta tendrá un caché y si no lo tiene pues lo pactais.
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Supongo que se debe negociar con quién canta, pero a lo de ceder derechos del tema creo que me resistiría.
#3 ¿ Y cómo se entera la AiE de que debe pagarte por ser el intérprete ? ¿ Debe darse de alta al igual que en Sgae ?
Efectivamente, hay que darse de alta igual que en la sgae. El dinero lo ha de reclamar el propio artista, con la documentacion pertinente del disco donde sale interpretando (yo hace tiempo que no reclamo nada, pero normalmente ha sido con el libreto del cd donde aparece el nombre del artista y el numero ISRC, desconozco el procedimiento actual ). Una vez hecho esto, el artista recibe una gratificacion por cada copia vendida acorde a su participacion en la obra.
#5 Claro, por eso digo si te interesa mucho a alguien en concreto. Imaginate que quieres en tu disco aparezca alguien que es famoso, o famosillo. Pues o le pagas o le cedes una parte de los derechos. También pasa al revés, cantante que vienen con sus temas y quieren que los produzcas con mayor calidad y ellos me dan dinero, pero los derechos se lo quedan ellos. O a veces no tienen como pagarme lo que cuesta, y ceden parte de sus derechos.
#6 Entonces aquí el formato físico es la clave.
#7 Entiendo pues, son dos formas.