Alternativas a la SGAE

El Rey de España
#91 por El Rey de España el 20/08/2010
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Darki
#92 por Darki el 20/08/2010
Aprovechando la coyuntura y viendo que tanto supercoco_loco y Mudo en temas de alternativa y toniterrasa en temas SGAE estais bastante informados, os propondría el siguiente supuesto para que todos pudieramos entender de forma clara cuales serian las ventajas y opciones de una u otra forma:

Supongamos dos casos:

1. Soy autor y compositor y compongo regularmente tanto para mi como para otros artistas, letras, bandas sonoras, temas instrumentales, musica de anuncios de TV, etc.
Estos temas pueden ser publicados inmediatamente por mi o querer registrarlos y tenerlos bien protegidos para el futuro.

2. Soy un grupo y voy a publicar un disco autoeditado y autodistribuido de forma inmediata, quiero registrar los temas para cobrar derechos de autor por su explotación en medios audiovisuales y demas.

Sería interesante que resumierais de una forma estructurada y si puede ser clara y concisa tanto en tema legal como en tema economico.

Es una idea, igual no os apetece hacerlo pero veo que sería interesante hacer esa comparativa para que cada cual pueda sacar sus conclusiones. Todo esto soy consciente de que se puede observar entrando en las webs de estos organismos pero mas bien lo que sería bueno es poder ver la perspectiva que teneis vosotros que estais bien informados.
¿os hace la propuesta?

Saludos !!!
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Mudo
#93 por Mudo el 20/08/2010
...
Darki escribió:
1. Soy autor y compositor y compongo regularmente tanto para mi como para otros artistas, letras, bandas sonoras, temas instrumentales, musica de anuncios de TV, etc.
Estos temas pueden ser publicados inmediatamente por mi o querer registrarlos y tenerlos bien protegidos para el futuro.


RPI.
Si los publicas con que fin? Ser escuchados o cobrar por escucharlos?
Si es para ser escuchados CC share alike, attibution, non-comercial, no derivative. Asi la obra se mantiene integra aunque permites que circule libremente y que siempre que sea usada te citen sin modificación ni de la obra ni de la licencia. El dinero aqui te vendrá de todo lo demás (conciertos, merchandising, posible uso comercial que quiera hacer alguién de tu obra y para el cual necesitara TU permiso)

Si es para cobrar por escucharlos SGAE y buena suerte.

Darki escribió:
2. Soy un grupo y voy a publicar un disco autoeditado y autodistribuido de forma inmediata, quiero registrar los temas para cobrar derechos de autor por su explotación en medios audiovisuales y demas.


RPI + CC non-comercial si quieres que el tema sea usado sin fines comerciales directos pero hacerte promoción. Si alguién quiere sacar tajada deberá pagarte tus royalties.

RPI + SGAE si no quieres que circule sea o no usado con fines comerciales y necesitas que alguién te gestione la recaudación.

Segura tu obrá estará con el simple RPI y dependiendo del modelo de explotación que pretendas así deberás licenciar tu obra.

En el caso del copyright del "todos los derechos reservados" la SGAE te hace aceptar que ellos gestionan tus derechos, así pues si alguién quiere hacer un recopilatorio gratuito o para recaudar fondos para una causa social en la que estás de acuerdo... la SGAE primero cobrará los derechos de autor al creador de esa obra y de ahi se quedará la parte que tu hayas pactado con ellos por dicha gestión, luego te preguntará si quieres participar y te tocará a ti decidir si corre de tu parte el coste de esa gestión o corre de parte del creador de ese recopilatorio.
Con CC:
si pones atributtion estarán obligados a reconocer tu autoria en sus titulos de credito = promoción.
si pones share alike estarán obligados a usar la misma licencia que tu si quieren usar tu obra dentro de la suya.
si pones non-comercial no podrán hacer dinero sin ponerse en contacto contigo para negociar los porcentajes.
si pones no derivative no se podrán hacer remixes, ni obras derivadas sin ponerse en contacto contigo para que decidas si cedes esos derechos.

pero respetando todo eso: no tendrán que ponerse en contacto contigo para incluir la obra, lo cual se traduce en que simplemente con querer participar en el recopilatorio y con la condición de que si ellos no sacan, tu tampoco sacas (sólo promoción ellos de su causa tu de tu apoyo a su causa con tu obra) no se requerirá ninguna gestión, ni ningún coste administrativo.

Por supuesto nadie cobrará un canon preventivo por el posible uso ilegal de tu obra para cobrar esos gastos de gestión saltandose ningún derecho constitucional y la sociedad civil no se sentirá atacada por tu licencia y tendrás publicidad positiva. CC es la opción del músico que quiere "tocar en vivo" como trabajo y entiende el formato "muerto" como promoción de su trabajo "vivo".

Ahora bien si lo que pretendes es vivir de "una idea" reproducible al infinito gracias a la tecnologia actual pero sin ejercer la labor más que una vez (el dia que grabaste), entonces la SGAE es sin duda tu mejor opción.

Espero no ofender a nadie con lo que he dicho pero salvo alguna inexactitud lejos de mi intención, creo haber resumido la realidad social y de licencias actual.

...
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Gracias a todos
#94 por Gracias a todos el 20/08/2010
Eso de músico que quiere vivir de su música en vivo me suena a caballero andante: no se dónde está la razón, si en este semialtruismo (quizás a la fuerza en muchos casos) o en los aparceros de la supuesta creación en el término medio.
Como verás, mudo, además de no tener el tema tan estudiado como vosotros, no me produce quemazón, quizás por no ser creador.
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Mudo
#95 por Mudo el 20/08/2010
...

edito y matizo:

Bueno es respetable el que quiere vivir de BSOs y demás... pero en el momento actual con la tecnologia actual, ya hace tiempo que se ve venir que "el respetable" prefiere pagar por "experimentar en vivo" que por "abstraerse en simulación cognitiva" sobretodo en el pais del botellón. Otra opción de venta complementaria sería el noble arte de la instrucción a distancia que muchos colegas ya ejercen. No todo tiene porque ser Fiestas Mayores. Sucede pues que parece el conocimiento destinado sólo a una élite y que el miedo a compartir y perder el estatus se transforma en agresión preventiva.

Yo sólo explico porque mi posición y mi animadversión hacia el paternalismo estatal (y sus manifestaciónes de poder privatizado) que con la excusa de defender "derechos de propiedad" atropella "derechos fundamentales".

Remuneración para el creador si, criminalización para el consumidor no (que ya bastante peyorativo es "consumir" cultura como si el Alma fuera una propiedad fungible).

...
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Gracias a todos
#96 por Gracias a todos el 21/08/2010
Utopía benevolente; pero respetable al máximo; si no esto sería un pocilga.
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oneras
#97 por oneras el 27/08/2010
Hola, soy Mario de Safe Creative. Sobre la validez de Safe Creative se ha discutido, y mucho, en otro hilo y honestamente, toniterrasa y yo no hemos podido ponernos de acuerdo y dudo que lo hagamos. Honestamente, creo que aquí no hablamos de razones, sino de sentimientos.

Hemos argumentado jurídicamente cual es la validez de Safe Creative: http://es.safecreative.net/2009/02/24/e ... -creative/

Seguro que se puede rebatir, pero que se haga jurídicamente, yo no soy abogado, pero David Maeztu, Javier Prenafeta o Andy Ramos estarán encantados de leer una contra argumentación. No vale invocar que algo no sirve jurídicamente y luego negarse a dar razones jurídicas para ésto cuando se han dado las razones jurídicas de porqué sí puede servir el registro.

Como el RPI o SGAE, se trata de acumular pruebas, cada una con sus ventajas y sus desventajas. Creemos que la de Safe Creative es de hecho más sólida que las otras ya que se basa en la tecnología, la redundancia (incluido sello redundante oficial), etc. ¿Qué dirán los jueces? Puede que lo veamos pronto y si no ven nuestra prueba sólida, pues lo diremos y aprenderemos de ello. El caso es que son los jueces los que lo dirán conjugando todas las pruebas existentes. No lo va a decidir ni toniterrasa, ni SGAE, ni Mario Pena, ni siquiera David Maeztu o Andy Ramos.

Y añado, Safe Creative es compatible con RPI y SGAE. Sí, SGAE también. No es excluyente. Que sea el autor el que decida qué quiere hacer y cuantas y de qué tipo quiere las pruebas. Nada pierde por registrar en SC pues se permite registro "con todos los derechos reservados" y sin "permitir descarga de la obra" con lo que se genera una prueba más, gratuita (incluso identificandose uno con DNIe - electrónico) para mayor fuerza, pero es que es quien inicia el proceso ante un plagio quien ha registrado y quien certifica que lo ha hecho. Nosotros somos meros testigos.

Insisto, compatible con cualquier decisión y modalidad. Luego que la gente quiera usar CC by-nc-nd o CC by o "todos los derechos reservados" es su decisión y el futuro es tan cambiante y abierto que creo que hay sitio para todas las modalidades. Pero por favor, demos una oportunidad a las soluciones del futuro que incluso OMPI.org considera muy interesantes y ejemplo de la dirección correcta a tomar en el futuro. Sí, OMPI, o WIPO (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual) con los que estamos en estrecho contacto.

Por otra parte creo que SGAE es muy importante y necesaria. Tiene que adaptarse y corregir ciertos déficits, sin duda. Debe mejorar en transparencia y debe abrirse a las licencias CC y seguro que lo hará como otras entidades de gestión de otros países ya han hecho, o simplemente competirá con los nuevos modelos de negocio que van proliferando.

Pero lo más importante no es la prueba de autoría. Al final, en caso de auténtico problema, se puede demostrar la autoría y Safe Creative no equivale a la SGAE, porque por ley no puede hacerlo. Puede ayudar a nuevos modelos de negocio, y así lo hará, pero no es gestora colectiva de derechos. Eso es cosa de la SGAE y por lo tanto los autores deben tenerlo muy en cuenta si quieren recoger ese dinero que por ley les pertenece o si quieren basar su futuro en apostar por ese tipo de gestión y remuneración. Nosotros somos una alternativa y/o complemento al RPI y pensamos en clave de dar información de registro, autor, en la actualidad y hacia el futuro. Eso es todo. Porque Internet es global y las leyes de los distintos estados de diluyen y cuantas más pruebas que ofrezcan información abierta exista, tanto mejor.
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oneras
#98 por oneras el 27/08/2010
Añado esto por si le interesa a alguien :)

http://es.safecreative.net/2010/06/08/q ... contenido/
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Darki
#99 por Darki el 28/08/2010
oneras escribió:
Añado esto por si le interesa a alguien :)

http://es.safecreative.net/2010/06/08/q ... contenido/


Se agradece la intervención y la información.
Se puede estar de acuerdo o no con los argumentos y lo expuesto pero desde luego solo el hecho de que te hayas molestasdo en entrar aquí e intentar aportar un grano de arena en forma de información es de halagar.
Gracias.

Saludos !!!
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El Rey de España
#100 por El Rey de España el 31/08/2010
La verdad que la aportación de oneras la veo super interesante.
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MUERTE
#101 por MUERTE el 31/08/2010
Con tanto fan lover de Tedy y compañia da pereza a veces hasta leerse la info interesante entre tanta morralla de grupie....


gracias por el esfuerzo Oneras.....
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Javi del Val
#102 por Javi del Val el 13/06/2017
#7
No es lo que ha pedido, no seas listillo.
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Teo Tormo
#103 por Teo Tormo el 13/06/2017
#102 Estás discutiendo con un comentario de hace 8 años.
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El palanganero del bobo Baneado
#104 por El palanganero del bobo el 13/06/2017
:desdentado:
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