ScorpMusic escribió:
Los dos,porque en el caso del artista X a menos que el hubiese ofrecido sus canciones para compartirlas no hay derecho para arrebatarselas por la cara y repartirla. En ese caso se esta haciendo algo contra su voluntad y como dueña de su música tiene el derecho a reclamar. En el caso contrario no porque habria estad compartiendo voluntariamente su arte.
Artículo 31. Reproducciones provisionales y copia privada.
1. No requerirán autorización del autor los actos de reproducción provisional a los que se refiere el artículo 18 que, además de carecer por sí mismos de una significación económica independiente, sean transitorios o accesorios y formen parte integrante y esencial de un proceso tecnológico y cuya única finalidad consista en facilitar bien una transmisión en red entre terceras partes por un intermediario, bien una utilización lícita, entendiendo por tal la autorizada por el autor o por la Ley.
2.
No necesita autorización del autor la reproducción, en cualquier soporte, de obras ya divulgadas cuando se lleve a cabo por una persona física para su uso privado a partir de obras a las que haya accedido legalmente y la copia obtenida no sea objeto de una utilización colectiva ni lucrativa, sin perjuicio de la compensación equitativa prevista en el artículo 25, que deberá tener en cuenta si se aplican a tales obras las medidas a las que se refiere el artículo 161. Quedan excluidas de lo dispuesto en este apartado las bases de datos electrónicas y, en aplicación del artículo 99.a, los programas de ordenador.
esta es la ley referente a la copia privada, como puedes ver las dos empiezan con "No se necesita autorizacion del autor...", remarco en negrita lo que tiene que ver con el ejemplo, es decir, no necesito autorizacion del autor para bajarme su musica de la red sin pagarle un duro, o que alguien me copie su cd sin pagarle un duro, siempre y cuando esas copias sean para uso privado y bla bla bla
se a que simple vista parece un putadon, pero a eso me refiero con lo de que no teneis o tenemos un control total sobre la obra...y esto es asi no porque la ley sea arbitraria, sino porque estipula que esto ayuda a expancion de la cultura (ya que se quita la barrera economica) aunque suponga cierto perjucio al creador, de todas formas eso se ve compensado con el canon...pero ya sabemos como se reparte
ScorpMusic escribió:
Los dos tienen derecho porque en cualquiera de los dos casos son impostores.
Y en el caso del "paramusico" está usurpando muy probablemente el puesto de un profesional que seguramente se ha quedado en casa sin currar porque esos aficionados se han ofrecido por 3 centimos y como los dueños de los locales no son tontos....o si....pues ha contratado al ralla-guitarras que como dices hasta paga para tocar.
PD: Otra cosa es que no se le de reconocimiento (gubernamalmente o como se le llame) a la existencia del músico como el que se le da a cualquier obrero.
en tu ultima frase das con el quid, que yo sepa no existe en españa "la licencia de musico", esto es asi porque al no haber dicha licencia hay muchas mas posibilidades de que nuevos musicos den el salto y se den a conocer, otra vez vemos que el bolsillo del musico profesional se puede resentir, aunque aqui hay mas donde jugar, ya que cada uno se pone "el cache" y puede irlo variando en funcion de si ve que los pubs o garitos pagan mas o menos....tal vez aqui esa idea del sindicato pueda hacer algo.
en estos ejemplos se ve que ante la ley, los musicos y/o creadores no sois/somos exactamente iguales o otros currantes, de hecho creo recordar que en el estatuto de trabajadores estais en una categoria especial.