Haz valer tus derechos!

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el-noctambulo Baneado
#1 por el-noctambulo el 01/09/2009
Bueno no sabia bien donde ubicar esto para que todos pudieran echarle un ojo, asique creo que este el foro de mas actividad y concierne mucho a el, asique aqui lo coloco.

La gente cuando compra por internet se cree que los productos si no tienen garantia money back de 30 dias (como puede ser la de thomann o billpunterav) no pueden devolver el producto si no estan contentos. bien, eso no es asi!!!

existe una ley, que se llama ley de venta a distancia en la que su articulo 44 dice claramente que cualquier comprador tiene derecho a desistimiento antes de 10 dias, para devolver el producto, y solo esta obligado a pagar los portes que suponen el retorno hasta la tienda.

No hace falta que al producto le pase algo, si no estas satisfecho tienen la obligacion de DEVOLVERTE TU DINERO.

los 10 dias vienen regulado por las comunidades autonomas. en algunas son 7 dias habiles, en otras 10 dias naturales... depende de la comunidad.

Lo que no tienen obligacion de aceptar la tienda es un articulo personalizado antes de la venta, pues se entiende que ese articulo ya no es vendible, y aqui es donde puede haber algun problema (por ejemplo, en el montaje de un ordenador)

y añado mas cosas muy importantes. SI HAS FINANCIADO TU COMPRA, ESE CREDITO QUEDA ANULADO.

pues si, mucha gente piensa que al financiarlo pierde todo derecho a la devolucion. bien esto no es asi, el credito quedará anulado en caso de devolucion.

aqui dejo un estracto del articulo de la susodicha ley.

Artículo 44. Derecho de desistimiento. Redacción según Ley 47/2002, de 19 de diciembre.

1. El comprador dispondrá de un plazo mínimo de siete días hábiles para desistir del contrato sin penalización alguna y sin indicación de los motivos. Será la ley del lugar donde se ha entregado el bien la que determine qué días han de tenerse por hábiles.

2. El ejercicio del derecho de desistimiento no estará sujeto a formalidad alguna, bastando que se acredite en cualquier forma admitida en derecho.

3. El derecho de desistimiento no puede implicar la imposición de penalidad alguna, si bien podrá exigirse al comprador que se haga cargo del coste directo de devolución del producto al vendedor.

No obstante lo anterior, en los supuestos en que el vendedor pueda suministrar un producto de calidad y precio equivalentes, en sustitución del solicitado por el consumidor, los costes directos de devolución, si se ejerce el derecho de desistimiento, serán por cuenta del vendedor que habrá debido informar de ello al consumidor.

Serán nulas de pleno derecho las cláusulas que impongan al consumidor una penalización por el ejercicio de su derecho de desistimiento o la renuncia al mismo.

4. A efectos del ejercicio del derecho de desistimiento, el plazo se calculará a partir del día de recepción del bien, siempre que se haya cumplido el deber de información que impone el artículo 47.

5. En el caso de que el vendedor no haya cumplido con tal deber de información, el comprador podrá resolver el contrato en el plazo de tres meses a contar desde aquel en que se entregó el bien. Si la información a que se refiere el artículo 47 se facilita durante el citado plazo de tres meses, el período de siete días hábiles para el desistimiento empezará a correr desde ese momento. Cuando el comprador ejerza su derecho a resolver el contrato por incumplimiento del deber de información que incumbe al vendedor, no podrá éste exigir que aquel se haga cargo de los gastos de devolución del producto.

6. Cuando el comprador haya ejercido el derecho de desistimiento o el de resolución conforme a lo establecido en el presente artículo, el vendedor estará obligado a devolver las sumas abonadas por el comprador sin retención de gastos. La devolución de estas sumas deberá efectuarse lo antes posible y, en cualquier caso, en un plazo máximo de treinta días desde el desistimiento o la resolución. Corresponde al vendedor la carga de la prueba sobre el cumplimiento del plazo. Transcurrido el mismo sin que el comprador haya recuperado la suma adeudada, tendrá derecho a reclamarla duplicada, sin perjuicio de que además se le indemnicen los daños y perjuicios que se le hayan causado en lo que excedan de dicha cantidad.

7. En caso de que el precio haya sido total o parcialmente financiado mediante un crédito concedido al comprador por parte del vendedor o por parte de un tercero previo acuerdo de éste con el vendedor, el ejercicio del derecho de desistimiento o de resolución contemplados en este artículo implicará al tiempo la resolución del crédito sin penalización alguna para el comprador.

8. El transcurso del plazo del derecho de desistimiento sin ejecutarlo no será obstáculo para el posterior ejercicio de las acciones de nulidad o resolución del contrato cuando procedan conforme a derecho.

Artículo 45. Excepciones al derecho de desistimiento. Redacción según Ley 47/2002, de 19 de diciembre.

Salvo pacto en contrario, lo dispuesto en el artículo anterior no será aplicable a los siguientes contratos:

1.

Contratos de suministro de bienes cuyo precio esté sujeto a fluctuaciones de coeficientes del mercado financiero que el vendedor no pueda controlar.
2.

Contratos de suministro de bienes confeccionados conforme a las especificaciones del consumidor o claramente personalizados, o que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.
3.

Contratos de suministro de grabaciones sonoras o de vídeo, de discos y de programas informáticos que hubiesen sido desprecintados por el consumidor, así como de ficheros informáticos, suministrados por vía electrónica, susceptibles de ser descargados o reproducidos con carácter inmediato para su uso permanente.
4.

Contratos de suministro de prensa diaria, publicaciones periódicas y revistas.
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dsn
#2 por dsn el 01/09/2009
EDITO por molestar sin quererlo al autor del post.
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el-noctambulo Baneado
#3 por el-noctambulo el 01/09/2009
dsn2304 escribió:
el-noctambulo, ¿ya estás dando guerra otra vez? :roll:

No dices de qué país es la ley, ¿te has parado a pensar que tal vez en Alemania o en la China no la tienen?

Y... ¿a qué c*ño viene esto?



pero??? encima que pongo esto para que todos los usuarios sepan que derechos tienen (que pocos lo saben) al comprar un producto me dices que si doy guerra??? ya es el colmo...

esto viene al coño de que muchos usuarios no saben que tiene este derecho al comprar un producto en internet y creen que no pueden devolverlo.

¡¡¡¡¡¡¡¡NO ME REFIERO A SEGUNDA MANO, me refiero a la venta A LAS TIENDAS!!!!!!!!!

la ley esta es española, pero en alemania tienen una ley similar.

yo flipo, ya ni las buenas obras valen....
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dsn
#4 por dsn el 01/09/2009
¿Donde se aplica está ley?

¿En que lugar(es) geográfico?
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el-noctambulo Baneado
#5 por el-noctambulo el 01/09/2009
sinceramente no soy un gran entendido en leyes. Os dejo el link de donde lo he encontrado. La ley es referente al comercio minorista. Yo imagino que es una ley española, pero tengo que decir que todo esto lo busque a raiz de que en thomann ley esto en lo de su 30 dias money back:

¿Sabía usted que ...

... Thomann fue la primera empresa en el sector de música que introdujo una garantía del tipo Money Back? Es cierto. Lo hizo ya en 1995, muchos años antes de la aprobación de la ley de venta a distancia.


asi que me puse a buscar la ley de venta a distancia y di con ella:

http://noticias.juridicas.com/base_dato ... 96.t3.html

no se si es de la comunidad europea, lo que se es, que hoy mismo he hecho valer esta ley y no les ha quedado mas remedio que hacerla frente (a una tienda española)
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el-noctambulo Baneado
#6 por el-noctambulo el 01/09/2009
vale acabo de leer detenidamente todos los puntos y creo haber dado con el kit de lo que preguntas:

1. Se consideran ventas a distancia las celebradas sin la presencia física simultánea del comprador y del vendedor, siempre que su oferta y aceptación se realicen de forma exclusiva a través de una técnica cualquiera de comunicación a distancia y dentro de un sistema de contratación a distancia organizado por el vendedor.

2. Las empresas de ventas a distancia que difundan sus ofertas por medios que abarquen el territorio de más de una Comunidad Autónoma se inscribirán en el Registro especial que a tal efecto funcione en el Ministerio de Economía, que recogerá los datos suministrados por las Comunidades Autónomas donde cada empresa tenga su domicilio social, coincidentes con los que figuren en el respectivo Registro autonómico, cuando haya sido establecido de acuerdo con lo previsto en el anterior artículo 37.

Las empresas no establecidas en España que practiquen ventas a distancia en territorio español se inscribirán directamente, a efectos informativos, en el Registro del Ministerio de Economía.

El Ministerio de Economía informará a las Comunidades Autónomas de las empresas de venta a distancia registradas.


yo no soy abogado, pero lo que entiendo ahi, es que toda tienda que venda o suministre a españa tiene que cumplir esta ley, sea de donde sea
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dsn
#7 por dsn el 01/09/2009
Creo que está bastante claro. Está bien saberlo.

Mis disculpas a el-noctambulo por haber escrito una g*lipollez precipitadamente, es que hoy ando cabreado por determinada cosa, aunque eso no es excusa :oops: .

¿La tienda con la que tuviste el problema fue Thomann?
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el-noctambulo Baneado
#8 por el-noctambulo el 01/09/2009
no, fue una tienda de informatica. tampoco me pusieron muchas pegas, pero en cuanto les nombre la ley de venta a distancia, se acabo la conversacion. thomann no pone pega ninguna para devolver dentro de los 30 dias
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XaviBCN1977
#9 por XaviBCN1977 el 03/09/2009
Sólo una cosita/puntualización... "sin marcas de uso" o en caso de marcas de uso, a la hora de la devolución se aplicará un descuento equivalente. Lo digo porque si no se acabarían las empresas de alquiler ;)
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Moccho
#10 por Moccho el 03/09/2009
Gracias noctambulo, y si el producto esta averiado y hay que cambiarlo quien paga los portes de envío a la tienda, el comprador o el vendedor porque yo me vi en esas con un interface lo tuve que mandar de regreso a la tienda y eso corrió de mi bolsillo (aunque solo fueron 6 euros), despues me mandaron uno nuevo y lo pagaron ellos. Pero me parece injusto que si compras algo y te lo mandan averiado tengas tu que pagar el porte para que lo revisen.
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el-noctambulo Baneado
#11 por el-noctambulo el 04/09/2009
si el producto esta mal, la tienda debe hacerse responsable de todos los portes.

el unico caso que contempla el que tu tengas que pagar portes es en el caso de que quieras devolver algo que no te gusta, o que por lo que sea no quieres. y solo son los de vuelta.


desde aqui informo que he querido comprar en intermusic-pro, y no cumplen esta ley, te obligan a que este precintado y te hacen pagar portes de ida y vuelta.
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el-noctambulo Baneado
#12 por el-noctambulo el 04/09/2009
ok, asunto solucionado, me han comunicado que si lo devuelven

(leeran este foro....?? :roll: :roll: :roll: )
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Eduardoc
#13 por Eduardoc el 04/09/2009
el-noctambulo escribió:
si el producto esta mal, la tienda debe hacerse responsable de todos los portes..


Que bien...

Hace ya varios años, como nueve, compramos con mi socio un compresor en alfasoni en la propia tienda, al llegar al estudio el compresor funcionaba mal, con lo que al otro día lo llevamos a la tienda a que lo cambiaran por uno que funcionara bien, a lo que nos dicen que no lo pueden cambiar y lo tienen que llevar a reparar a Madrid, después de discutir durante mucho rato, pues nos vamos y a la semana volvemos a buscar el compresor, al que nos cobran el transporte, creo que en aquel momento unos 15€, después de tener una acalorada discusión por haber comprado un producto nuevo que no funcionaba bien, por haber tenido que ir dos veces a la tienda física e incomprensiblemente haber tenido que pagar 15€ más, un abuso de mucho cuidado.

Al regresar al estudio el compresor seguia mal, con lo que al otro día ya fuimos a que nos cambiaran el compresor si o si y con muy poca paciencia como es lógico y nos dicen que tenían que mandarlo mandarlo otra vez a Madrid a reparar y que teníamos que pagar otra vez el transporte al servicio técnico, a lo que montamos un pollo allí casi de terminar en la comisaría, entonces si que nos dieron otro compresor que funcionaba bien. Después de haber pagado 15€ más por el compresor, haber tenido que esperar más de una semana, de tener que haber ido 3 veces a la tienda y que nos quisiran engañar como tontos, y por supuesto haber tenido que pasar por la violencia de haber montado un pollo allí de mil narices....

Los derechos hay que hacerlos valer si, pero a veces en las tiendas pasan estas cosas también y hay que recurrir casi a la fuerza bruta.... :?

Saludos
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el-noctambulo Baneado
#14 por el-noctambulo el 05/09/2009
es verdad eduardoc, yo hasta que no les denuncie a la otra tienda, pasaron de mi. Yo he trabajado en algunas tiendas en mi epoca de estudiante y siempre nos decian, si el cliente os pide devolucion, pasando, si ya se pone bruto, devolverselo...

de todas formas, esta ley es solo para la venta a distancia que conste!

en tienda no tienen porque devolver el dinero. pueden darte un bono, eso si, sin caducidad
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Moccho
#15 por Moccho el 05/09/2009
Yo también tube que montar un pollo en el corte inglés para que me dieran un ratón nuevo para el iMac... pero lo conseguí :twisted:

Ah¡¡¡ y lo de los seis euros que he comentado más arriba fue pecisamente en BillputerAV, por si todavía no se han dado por aludidos. Eso si, todo hay que decirlo, el trato fué de primera.
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