Mis vecinos quieren obligarme a insonorizar

juanjesus6
#1 por juanjesus6 el 04/05/2010
Hola amigos, soy nuevo en el foro y pido excusas si mi consulta ya ha sido respondida en posts anteriores pero se trata de un problema que supongo mas de uno habrá tenido alguna vez en su comunidad de vecinos.

Ocurre que estoy componiendo música electrónica desde hace algo menos de 1 año y no había tenido problemas graves de quejas por ruido en mi escalera hasta que se mudaron unos nuevos vecinos a la cuarta planta, abajo de nuestro piso.

Yo estóy en el ático y antes no vivía nadie en el piso de abajo, estaba desocupado, y los del tercero solo a veces se quejaban un poco del ruido por la siesta de una señora mayor pero los nuevos vecinos llevan dos meses y ya me han increpado y amenazado por lo que ellos dicen que son graves molestias por el ruido y las vibraciones. Me han dicho que poco menos que estoy cometiendo algún delito y que estoy obligado por las normativas a insonorizar o usar cascos, o dejar de hacer música en mi propia casa. Pero lo cierto es que yo jamás trabajo con mi música después de las 10 de la noche. Y últimamente suelo dejarlo a partir de las 9 para molestar menos.

Mi pregunta, si podéis ayudarme, es sobre la normativa o las ordenanzas que existen y que yo debería cumplir -estoy en la ciudad de Barcelona- y según me dicen ellos y otros músicos conocidos estoy obligado a insonorizar. Pero yo no creo que tengan toda la razón ni que exista esa normativa que ellos dicen ya que de dia todo el mundo hace ruido desde los coches hasta perros que ladran etc. Y yo no molesto de noche por lo que creo que estoy en mi derecho de trabajar con mi música en casa por mucho que ellos se quejen o amenacen con demandas judiciales, policía, etc.

Un saludo, gracias y perdón por la extensión. :)
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raat
#2 por raat el 04/05/2010
Los del cuarto se quejan y se oye desde el tercero? hombre..igual pones demasiado alto no?
En google pone que en cataluña los decibelios de dia no pueden sobrepasar los 30-40 y de noche los 25-35

he escontrado esto:

* Tabla de ejemplos de fuentes de emisión de sonido medidas en decibelios
(se pueden cotejar datos con marcas de electrodomesticos, enciclopedias, wikis, etc.)

Lavadoras 55 dB a 60 dB
Aire acondicionado hogar 35 dB a 45 dB.
Aire acondicionado oficinas y servicios 70 dB a 80 dB.
Aspiradora 80 dB 90 dB
Frigoríficos americanos 40 dB a 55 dB
Frigoríficos combis 30 dB a 35 dB
Ventilador ordenador sobremesa 25 dB
Viento en las hojas 20 dB
Olas en la orilla 40 dB
Respiración tranquila 10 dB
Biblioteca 20 dB
Susurro 10 dB
Dos personas cuchicheando 15 dB
Conversación normal 45 dB
Conversación a gritos 70 dB
Disputa 85 dB 100 dB
Restaurante con conversaciones 60 dB a 70 dB
Claxon de coche 100 dB a 120 dB

NOCIVIDAD EN NIVELES SONOROS Y TIEMPO DE EXPOSICIÓN

El umbral de dolor esta entre 110 y 120 decibeles. Sin embargo una exposicion de 8 horas a un sonido de 90 decibeles causa daño y si el nivel de sonido es 94 dB toma 4 horas en causar daño. Solo una hora si son 105 dB.

Legalidad: LEYES, ORDENANZAS Y NORMATIVAS.

Existen diversas leyes que abarcan el tema de la "Contaminación Sonora por Ruidos o Vibraciones". Esta multitud de normas confluyen en el ámbito local y se desarrollan por las normativas y ordenanzas municipales.

Generalizando, en el territorio español y con poca diferencia de +-5 dB (pues se basan en los parámetros dictados por las leyes generales), las ordenanzas municipales marcan para los ruidos en dormitorios de viviendas 35 dB de 8 a 22 horas y 30 dB de 22 a 8. (dormitorios). en el resto de la vivienda poco más.

Vibraciones claramente perceptibles sin necesidad de aparato de medición ... 0

En resumidas cuentas y sin hablar de civismo, socialidad, ética vecinal o cualquier otro tema que atañe a las relaciones vecinales:

- Los edificios según marca la normativa ISO de insonorizacion tienen aislamientos cuyos valores máximo son de 45 dB. Lo que no prevee la Ley de Ordenación de la Edificación LOE es que en la vivienda colindante exista una batería de percusión emitiendo rock and roll con picos de más de 140 decibelios.

- Aclarado el tema de ejemplos en la tabla de decibelios... Las normativas municipales consideran transgresión contra la salud y el bienestar social el superar los 35 dB diurnos o 30 dB nocturnos en zona residencial - específicamente en dormitorios. Lo que simplemente quiere decir que si al vecino le llega algo más que el susurro del ventilador de un ordenador se está atentando contra su salud y su bienestar.

- Como último punto aclarar: 35 dB no es el valor emitido por un avión a reacción sino el de un aire acondicionado silencioso. El valor permitido de vibraciones en casa ajena y percibidas sin necesidad de instrumento de medición es 0. Las llamadas por algunos "leyes antisociales" que prohiben dañar la salud y el bienestar de las personas SI SON LEYES ANTISOCIALES pues se aplican a estas PERSONAS ANTISOCIALES y ANTICÍVICAS.
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Gracias a todos
#3 por Gracias a todos el 04/05/2010
Desconozco exactamente las ordenanzas de la ciudad condal; pero hay un límite de decibelios, que tienen toda la sartén por el mango tus vecinos (y también todo el derecho de reclamar).
Un día, sin aviso se presenta en su casa un agente de la urbana con un sonómetro y , como estés fuera de la tolerancia de transmisión de db entre trsadosado (que es sumamente fácil), eres hombre muerto (u hombre insoborizando, más propiamente).
Además, hay factores como la vibración que se puden tener en cuenta y que no se miden con sonómetro; sino un arquitecto municipal (este directamente te manda a Siberia).
Los áticos suelen malos, porque, en casas de más de cuatro alturtas los pisos, en muchas ocasiones, van perdiendo capacidad de carga /m2 aligerándose paulatinamente hasta el último, no tienes vecinos arriba, pero transmites a toda la casa (por lo menos dos pisos hacia abajo a través de pilares) y tu casa es poco aislante.
El mejor aislante es el espesor, en una casa palaciega del siglo XVII de sillería, con muros de casi un metro de ancho y tabiquería de 30 cmts no tendrías ese problema; pero la mayoria de las casas de los años 60 y 70 de Madrid y Barcelona (salvo zonas norte de barrio Salamanca y algunas de la zona de Plaza de castilla o Pedralbes, respectivamente) se hicieron de papel de fumar (eso cuando no han tenido problemas de degradación del hormigón)
Solución, llegar aun acuerdo con tus vecinos de que vas a insonorizar: entérate de la tolerancia de carga /m2 de tu casa, porque puede que no te sirva (la casa) y acabaras hundiendo el edificio: no conozco casos; pero podrían darse, o tendrías que recurrir a elementos muy ligeros y altamente eficaces. Recurre, si la casa es de aspecto debil, a una empresa de insonorizaciones: una habitación de unos 12-14 m", ahora que hay crisis y no curra ni dios te la puedes pelear (entera con unos ventitantos db de insonorización) por unos 6.000-7.000 euros,.creo.
También puedes hacer algo más suave y convencerles de que te lo has curraó: Pero como sea muy real o ellos muy quisquillosos vas a tener que insonorizar de verdad y eso, lo suave, quizás te costara 4.000 y lo de verdad pues eso, 6.000 para arriba.
Ten en cuenta que algunas insonorizaciones no tienen en cuaenta la resultante en vibraciones y, si como me huele, tienes una vivienda demasiado (para entendernos) elástica, puedes tener problemas, o, incluso, que no se pueda hacer bien por falta de resistencia del forjado a la sobrecarga de uso.
Me pongo en lo peor porque últimamente leo aquí a mucho alma cándida (que no se si es tu caso) que parecería que acaban de salir de viaje de trabajo desde el cielo.
Aquí hay gente que te puede ayudar mucho en cuestones de acondicionamiento acústico; incluso yo estaría en condiciones de indicarte qué funciona mejor para insonorizar; pero en un ático (sin planimetría y sin un dictamen pericial del tipo de una empresa de cáculo de estructuras) te la juegas, amigo.
Para que veas de qué va esto (bueno, yo es que al contrario de los que caricaturizaba, es que vengo del infierno, para una comisión de servicios aquí entre vostros los mortales), en mi caso no tenía vecinos y hacía lo que me daba la gana en la casa anterior a esta, arriba no había nadie (como en tu caso era un ático) y la casa era de los 50, de bastante mejor calidad que las de esa época y, en general, que las actuales. Vinieron un matrimonio a vivir y ya empezaron a protestar, sobre todo cuando grabábamos metales (que en esa época era habitual). Solución: me cambié casa.
Cuando, más tarde, construí una cabina de grabación en la nueva casa llamé a una ingeniería de Algobendas, los tíos se enrrollaron de puta madre, fliparon con mi preocupación y sólo tuve que enviarles los planos, vinieron un día que les pillaba cerca una obra y, como no me quisieron cobrar nada, les regalé una caja de vino. (menos mal que, además de gentiles y altruistas, les gustaba el vino; si llegan a ser puteros, cualquiera les regala una caja...).
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Nox
#4 por Nox el 04/05/2010
Bueno, como no hace mucho apareció otro hilo sobre el mismo tema, para que sirva de futura referencia, y ya que trabajo en una administración de comunidades, siendo que mis clientes son tanto los perjudicados como los que hacen ruido, explicaré más a fondo lo que puede pasar.

Antes que nada, te digo lo mismo que a todos... CONSULTA A UN ABOGADO. Nadie mejor para resolver dudas legales y las consultas son baratas, incluso gratis si tienes suerte.

Yo en estas cosas siempre les digo lo mismo tanto a perjudicados como a "infractores": olvídate de si es correcto o no, si a ti no te parece para tanto o si tu vecino es un quisquilloso o una maruja de mierda, SE PRACTICO Y MAS INTELIGENTE QUE ELLOS, porque puedes verte pagando miles de euros y fuera de tu casa por una chorrada enorme...

Me referiré siempre a la Ley de Propiedad Horizontal, que puedes encontrar íntegra aquí: http://www.comunidades.com/comunidades/legislacion/reforma_lph.htm

El punto 2 del Artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal(LPH a partir de ahora) dice literalmente:
"2. Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas".
Queda claro, por tanto, que NO puedes hacer nada que esté prohibido en los estatutos de la Comunidad, nada que dentro de la lógica resulte dañino para el edificio, ni nada que esté prohibido en "leyes menores", como ordenanzas municipales.

Hasta aquí creo que llegábamos todos, la pregunta que más interesa yo creo que es ¿Qué pueden hacerme si hago algo de esto? Y para responderla cito más del punto 2 del Artículo 7 de la LPH:
"Si el infractor persistiere en su conducta el Presidente, previa autorización de la Junta de propietarios, debidamente convocada al efecto, podrá entablar contra él acción de cesación que, en lo no previsto expresamente por este artículo, se sustanciará a través del juicio ordinario". Es decir, que la Comunidad te lleva a juicio, el cual, ganes o pierdas, es un coñazo que no te lo imaginas, creeme.

Ahora lo más interesante ¿Y qué puede hacerme el juez por la chorrada esta? Pues vuelvo a citar el mismo punto del mismo artículo... y agarrate:
"Si la sentencia fuese estimatoria, podrá disponer, además de la cesación definitiva de la actividad prohibida y la indemnización de daños y perjuicios que proceda, la privación del derecho al uso de la vivienda o local por tiempo no superior a tres años, en función de la gravedad de la infracción y de los perjuicios ocasionados a la comunidad. Si el infractor no fuese el propietario, la sentencia podrá declarar extinguidos definitivamente todos sus derechos relativos a la vivienda o local, así como su inmediato lanzamiento.
El parrafo este viene a decirte 3 cosas que puede hacerte el juez si estima que la Comunidad tiene razón:
1- Puede obligarte a pagar daños y perjuicios en la cantidad que el Juez estime conveniente. Para ello lo normal es que intervengan peritos de ambas partes, que valoraran exageradamente(pa'rriba el de la Comunidad y pa'bajo el tuyo) el daño provocado por las molestias. El juez es siempre quien decide cuánto pagas finalmente.
2- Si eres propietario del piso, puede obligarte a desalojar(NO vivir en) tu piso por un plazo máximo de 3 años, el plazo específico en cada caso lo decide nuevamente el juez.
3- Si estás alquilando el piso, puede rescindir tu contrato de alquiler y mandarte a la P calle.
Por supuesto, todo esto a parte de que si la Comunidad gana, tu vas a pagar tus costas MÁS las de la Comunidad, y detrás de todo esto, si no pagas, vienen los embargos, incluido el piso.

Antes de llegar a todo esto la Comunidad tiene que seguir una serie de pasos, si no hay un defecto de forma, que siempre plantea una posibilidad de escurrir el bulto.
Según el ya famoso Artículo 7 de la LPH, para llegar a denunciarte, el Presidente de la Comunidad "...requerirá a quien realice las actividades prohibidas por este apartado la inmediata cesación de las mismas, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales procedentes", así que te mandarán una cartita firmada por el presidente; si sigues, te mandarán otra cartita, esta certificada con acúse de recibo; si sigues te mandarán un burofax diciéndote que si no paras te denuncian. Esta serie de requerimientos por escrito no tiene que ser estrictamente así(aunque para la Comunidad es mejor así pues demuestra ante el juez que tú pasas olímpicamente de ellos), pueden mandarte el burofax directamente y dejarse de hostias, pero tienen que mandarte algo por escrito exigiéndote que pares.
Después de esto se convoca una Junta de Propietarios en la que un punto del orden del día debe ser las acciones a tomar en tu contra, según reza el mismo artículo: "Si el infractor persistiere en su conducta el Presidente, previa autorización de la Junta de propietarios, debidamente convocada al efecto, podrá entablar contra él acción de cesación que, en lo no previsto expresamente por este artículo, se sustanciará a través del juicio ordinario". En dicha Junta se debe acordar por mayoría tomar acciones legales contra ti, y dar poderes al Presidente y a quien fuera necesario para los temas del juzgado. Para ver como se convoca una Junta y buscar más defectos leerse el Artículo 16 de la LPH, para lo mismo con los acuerdos el Artículo 17.
Además, la Comunidad debe acompañar la demanda "...de la acreditación del requerimiento fehaciente al infractor y de la certificación del acuerdo adoptado por la Junta de propietarios...", lo que significa que tienen que mandarte a la policia a tu casa para que tome atestado, y/o un burofax exigiéndote que pares. Normalmente se hacen las dos cosas, eso si el Administrador es medianamente bueno, claro.
Tampoco te olvides de que "Presentada la demanda,..., el Juez podrá acordar con carácter cautelar la cesación inmediata de la actividad prohibida, bajo apercibimiento de incurrir en delito de desobediencia", osea, que sólo por presentar la demanda te puedes encontrar a la poli en tu casa exigiéndote que pares, y vete a saber si se te llevan los monitores, el ordena, la batera, el ampli o qué.

Bien, se que es un tocho, pero no quiero que la gente se lo tome a coña, porque es un asunto muy serio y, en lo que a mi me atañe, una puta mierda verte obligado a denunciar a alguien y amenazarle con sacarle de su casa porque es un cabezudo-los-cojones que no entiende que si los ladridos del perro o la música molesta a sus vecinos, tiene que, simplemente, no molestar. Si no quieres, no vivas en un edificio, hazte tu casa y no molestas a nadie, pero si vives con más gente también los tienes que tener en cuenta a ellos: sean quisquillosos o no, te guste o no, tienes que convivir con ellos.

Para cualquier duda, solo decidlo.

La vía más fácil SIEMPRE : baja el volumen.

Saludos.
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Gracias a todos
#5 por Gracias a todos el 05/05/2010
Vaya, otro que está en comisión de servicios del Infierno al cielo en vida español.
Esta es la clase de sentido común y la voz de la experiencia que parece no gustar mucho; pero que es ianpelable y muy necesaria en esta web en la que prolifera la inocencia:
Haz caso de lo que te digan los expertos (y mejor que un experto en comunidades, nadie).
Los consejos que te acaba de dar Nox los suscribo, salvo en que a un abogado, si no hay conflicto, no hay que ir (y que es mejor el perito que el jurista).
Pero, el mejor consejo, el último, yo, pese a la insonorización severa que practiqué, en los ensayos con mi cuarteto, se fugaba bastante grave a través de paramentos y pilares al de arriba, no se escuchaba casi nada; pero los graves en frecuencias bajísmas (te hablo de un corte de 80 a 45 hz) sí (además lo que percibían era vibración); corté un poco más arriba el subwoofer y le quité un poco de volumen y me pillé un ampli pequeño que uso para actuar en clubs y teatros para que el bajo no saliese por los monitores casi nada, y resuelto.
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Nox
#6 por Nox el 05/05/2010
Es que, efectivamente, es de sentido común, hay que convivir con la gente, guste o no. Si resulta que tu vecina es una señora mayor que no aguanta nada porque la pobre mujer está a un paso del crematorio, pues mala suerte chico, la molestas, o paras o te vas. Si resulta que vives rodeado de la peñita de 20 de Erasmus que están todo el día de juerga, pues cojonudo, puedes hacer todo el ruido que quieras y nadie se queja.
Si no quieres pasar por el aro, lo dicho, te vas a una casita a las afueras y no molestas a nadie.

Mi grupo hace muchos años, conseguimos que un colega "nos dejara" el sótano de su edificio para ensayar, basicamente punk, grunge, heavy. Nosotros ya fuimos concienciados y lo teniamos todo muy bajito, pero llevabamos 5 minutos ensayando y bajó el del quinto piso, a quejarse porque sentía las vibraciones del bombo en toda la casa... después nos enteramos por el colega que el resto de los pisos intermedios efectivamente sentían el bombo, nadie escuchaba el resto de los instrumentos :roll: , pero las vibraciones del bombo llegaban desde el sotano nada menos que hasta el 5º piso. El hombre se volvió loco para encontrar que coño estaba pasando que le tiraban la casa abajo :lol:

Además, a parte consideraciones morales o puramente físicas, es que es algo puramente práctico y lógico, es que te puede caer una buena, mucho más grande de lo que la gente se cree, y poniéndonos en el mejor de los casos... ¿Realmente merece la pena por no bajar el volumen, pasar por un juicio que puede durar años o meses, aguantar a la poli en tu casa, cabreos con tus vecinos todos los días, perder una pasta en abogados y procuradores, perder tiempo en los juzgados y en correos con los burofax y los requerimientos y las citaciones y la madre de todos ellos, llamadas de la administración, todo lo que pasa en un edificio sin que nadie se entere como todo tipo de trastadas y putadas varias hacia ti por los ruidos? ¿Todo eso por no bajar un par de puntos el volumen...? :roll: :roll: :roll: :roll:

Por favor, es que es de tener dos dedos de frente: le cojes el tranquillo a tu vecino, cuando está en casa, cuando no está, le metes un poco de mano izquierda, mira que soy músico, mira que guapa estas, mira lo que quieren estos políticos ahora, la crisis... y pal bote, tú a tu musica y ellos a lo suyo, cada uno en su casa.

Saludos.
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Gracias a todos
#7 por Gracias a todos el 05/05/2010
Tal cual..
Sólo disiento en lo de que sea mejor lo de la peñita de Erasmus, sería imposible tu vida y peor que ensayar en unos locales mal insonorizados al lado de un grupo de Metal.
Piensa además que para la gente mayor, la mayoría de ella, los jóvenes dais tranquilidad y seguridad, dales un poco de eso, que vean que además de músico les puedes llevar a urgencias un día y 5 db,s. de regalo, asegurado.
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Ed_Saxman
#8 por Ed_Saxman el 05/05/2010
A mi me parece que os complicais mucho la vida.

En cada ayuntamiento hay una normativa de ruidos que se puede descargar e imprimir.

Pues bien, te preparas 3 o 4 copias, y cuando venga un vecino a tocar los cojones a tu casa, le tiras una copia a la cara, y le cierras la puerta en las narices.

Yo tuve problemas al mudarme a Sant cugat con una pija mojigata que tengo por vecina. Le dió por bajar a quejarse cada vez que me ponia a tocar (toco el saxo, entre otros instrumentos).

En Sant Cugat, pese a ser un bastión facha-nacionalista, la normativa permite 80 o 90Db de 8 a 22h sea invierno o verano.
Además, si alguien llama a los monillos (o gossos de quadra en catalunya), has de saber que la policia no tiene competencia ninguna con eso. Ha de venir un técnico del ayuntamiento y hacer una medición continuada desde el piso de tu vecino durante media hora ininterrumpida, si no, no vale. Si viene la policia les dices esto, e igualmente les das con la puerta en las narices.

En mi caso no sirvió de mucho porque creo que la tia no se molestó en leer la hoja de la normativa, por lo que la siguiente vez que bajó le prohibí volver a llamar a mi puerta, además de que le dije que no volviera a chillar tanto cuando folla a las 2 de la mañana, que bien que la oigo, y no subo a su casa a quejarme. :mrgreen:
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Nox
#9 por Nox el 05/05/2010
:roll:

Te recuerdo que todo esto es suponiendo que incumples las ordenanzas de tu ayuntamiento o los estatutos de la Comunidad.

A parte de eso, lo de los técnicos del ayuntamiento es taaaaaaaaaan relativo....... yo en san cugat no he estado nunca, pero aquí yo mismo he llevado a gente a juicio simplemente con cartas, burofax, atestados de policia varios y acuerdo de junta... juicio rápido, sentencia y se han tenido que bajar del burro, vamos, como que si no se bajaban se iban del piso y a pagar toca :roll:
También es verdad que no hablo de musiquita bajita, sino de escándalos directamente.

A partir de aquí allá cada uno :wink:

Saludos.
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Gracias a todos
#10 por Gracias a todos el 05/05/2010
Pues para ser pija mojigata...bien que dices que chilla, a ver si va a ser pensando guarrerías contigo y lo de llamar a la puerta es para que le toques el sopranino...
Porque, como no sea eso, depende de lo verdadermente mojigata que sea, no estaría yo tan tranquilo, a parte deq ue vete a saber cómo te calificará en el foro equivalente de las pijas mojigatas (pijachonic): "Tengo un vecino que toca la trompeta, creo, y es un melenudo..(igual eres calvo, pero por darle emoción) y ya me tiene hasta el gorro tocando play along´s..."
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Ed_Saxman
#11 por Ed_Saxman el 05/05/2010
Jajjaja pues si que soy melenudo, si...

Pero es que .. coño, a ver si un profesor de saxofón no va a poder tocar en su própia casa !!

Y eso que ahora toco poco en casa, porque cuando vivía en Barcelona me pegaba unas buenas sesiones de saxo de 4 horas al dia , y en el piso tuve de compañeros a 2 estudiantes de trompeta, y no se quejó nadie.

Y lo de la vecina... le propondré un duo a ver si cuela.. jej.... "yo te hago chillar y tu me tocas el pito".
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Gracias a todos
#12 por Gracias a todos el 05/05/2010
O un dúo Saxo-sexo
O un duetto tenor-sopranino
O un dúo sexofón-vecina mojigata
O un fistro diodenal
O, ya que eres profesor (¿privado?), una rebaja-promoción de escalas saxofónicas para vecinas chillonas...Será por posibilidades...
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DrTek
#13 por DrTek el 05/05/2010
NoxLP, es usted muy sábio... yo nunca he insonorizado nada y nunca he tenido problemas con los vecinos, precisamente por no abusar del volumen.
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pueblo
#14 por pueblo el 05/05/2010
DrTek escribió:
NoxLP, es usted muy sábio... yo nunca he insonorizado nada y nunca he tenido problemas con los vecinos, precisamente por no abusar del volumen.


Ahí está la clave, baja el volumen y separa los altavoces de paredes, pilares y esquinas.

Como anécdota, en un concierto en bajo en un pub, estabamos tocando y vino la presidenta de la comunidad que había recibido unas cuantas llamadas de varios portales (el edificio deben ser 4 o 5 portales) y desde pisos altos...claro tampoco era tanta caña :lol: :roll: , batería acústica, 450W de ampli de bajo, 80W de guitarra a todo meter, más 450W de PA por canal...más versiones de Nirvana...

Y eso es preciosamente lo que no haces en casa, en casa no se hacen conciertos, ni se debe a trabajar a volúmenes altos ¿Para qué además? VAle que puntualmente te puedas pasar un poco, pero no como costumbre :wink: . Además de que si sigues haciendo eso acabarás completamente sordo y con tinnitus :wink: .
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DrTek
#15 por DrTek el 05/05/2010
Amén! Sr. Pueblo... amén! =D> 1 abrazaco, tío!
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