Esta mañana he ido al registro de la propiedad intelectual en Palma de Mallorca a solicitar información de como registrar los temas del disco que voy a editar en breve. La señora que me ha atendido va y me dice que no le veia el sentido, ya que la prueba de que los temas eran mios, era el propio disco que iba a sacar y no era necesario registrarlos. Sé que la ley ha cambiado hace poco y se me ha olvidado preguntarle si esto habia sido así siempre. ¿que os parece? me gustaria que alguien que se haya informado de esto me pueda echar un cable. ¿es necesario registrar?, ¿es prudente hacerlo?¿si debo hacerlo, registro los temas juntos o por separado (creo que son 11 euros por obra registrada, pero quizás pueda registrarse todo junto con el título del disco)?
Gracias y saludos