Sin ánimo de polemizar, al hilo de unos comentarios que he leido en un equipo en venta publicado en Mercasonic ( https://www.hispasonic.com/anuncios/2x-midas-pro-1-dl251-pack-partes/526655 ) me han resurgido ciertas dudas sobre un tema que me gustaría plantear, a ver si alguien es capaz de aclararme.
Me refiero al tema de algunos SATs pertenecientes a distribuidoras de equipos y su "negativa", no sólo a tramitar garantías de fábrica, sino incluso a reparar equipos que no hallan vendido. (Quien no se ha encontrado alguna vez con el comentario de "no compres en Alemania, que luego el servicio técnico no se hace cargo").
Mis dudas van encaminadas en ciertos aspectos... ¿es esto legal? ¿es moral? ¿engorda?... (bueno, vale, esta última no, pero tenía que decirlo).
Por un lado, entiendo que un distribuidor sea reticente a hacer efectiva una garantía de un equipo que no ha vendido (es lógico, ya que el mero hecho de tramitarla le suponen unos gastos); pero por otro no me parece logico "negar el servicio". De hecho, si tienes la "exclusividad" en una zona geográfica, ¿no deberías dar servicio a los equipos que se muevan por esa zona, vengan de donde vengan? Es más, cuando la garantía la da directamente el fabricante asumiendo todos los costes y el distribuidor es un mero intermediario, ¿tendría éste derecho a negarse a tramitarla?
Ejemplo 1: Equipo averiado, comprado de segunda mano en Francia. SAT de España no vende recambios si no los instalan ellos, y se niega a reparar el equipo en cuestión porque el número de serie no aparece en su base de datos, SATs de Francia y UK no tendrían problema en vender los repuestos, pero no pueden enviar a España ya que existe un SAT autorizado con exclusividad de zona aquí (lo que hace pensar que el hecho de no vender las piezas es política interna del SAT español).
Resurgen en mi estas dudas porque, hace años me ocurrio algo de este estilo.
Ejemplo 2: Un "distribuidor autorizado" de una conocida marca alemana en España se negaba a tramitarme una "garantía directa del fabricante" al no haberle comprado el equipo a través de él, cuando desde la casa se me insistía en que podía acudir a cualquier distribuidor autorizado en cualquier lugar del mundo, independientemente de donde hubiese comprado el equipo. Al final, se hicieron cargo aquí (despues de ponerme muy mala cara y darme un sinfin de excusas) tras haber recibido una llamada desde la central.
De esto último hace bastantes años. ¿Alguien sabe cómo está ahora el tema ahora? ¿Es legal que te nieguen la posiblidad de comprar un repuesto, cuando por otro lado bloquean a los SATs extranjeros para que no puedan venderlos aquí? Si una marca otorga a un SAT la disponibilidad exclusiva de piezas y consumibles, no debería dar ese SAT dar soporte a cualquier usuario de dicha marca independientemente de donde halla sido adquirido? ¿En que punto afecta todo esto a la compra-venta de equipos de segunda mano a nivel internacional? Y por último, es cierto que ahora los margenes han bajado mucho, pero aún así, aún hay empresas que te obligan a pasar por sus redes de distribución teniendo que dejarte entre un 20 y un 30% más debido fundamentalmente a los intermediarios. ¿Hasta que punto merece la pena pasar por el aro?
Un saludo (y perdonad la parrafada)