Soyuz escribió:
dosim escribió:
(y lo pido, por favor, puesto que es algo que no consigo encontrar en ningún lado) una explicación de en qué se basa la afirmación de que cuando compras un CD estás comprando el derecho a escuchar su contenido, y no el plástico
Bueno, porque "el plástico" contiene, inseparablemente, una grabación, y el producto a la venta es esa grabación. Se entrega con unas licencias de uso, que tal como están ahora, permiten escuchar la obra de forma privada, y compartirla hasta cierto punto. No sé si he respondido, porque no acabo de pillar el objetivo de la pregunta.
Alguien escribió:
así como una sóla afirmación contrastable que demuestre que descargar una canción en España es un delito. Gracias.
No se puede decir nada concluyente, aunque en principio no es un delito, no al menos el delito penal que aparece en la nueva reforma del CP. No se puede decir porque 1-Todo esto es muy reciente y la ley no estaba pensada para la realidad de los P2P, y 2-No hay jurisprudencia concreta y continuada
Precisamente por eso estamos debatiendo abiertamente.
Pues el sentido de la pregunta es el siguiente:
Cuando compras un disco, pagas una cantidad, me imagino que habrá alguna manera de desglosarla, imagino también que será en concepto de derechos de autor, con el cual adquieres una licencia para escuchar la obra.
Cuando escuchas un tema del disco por la radio, íntegro y en Stereo, parte de la publicidad que hay en la radio paga la licencia correspondiente para que todos los oyentes de la radio puedan escucharlo.
Cuando compras una fotocopiadora, pagas una cantidad para remunerar el dinero que perderá un escritor por no vender su obra, ya que si tienes la fotocopia no lo compras.
Cuando compras un CD o un DVD, pagas el famoso canon.
Las grabadoras, la tele, etc ...
De todos esos ingresos para el autor, por culpa de los P2P, se pierde el de los CD's que no se venden, única y exclusivamente.
Sin embargo, aunque supuestamente se venden poquísimos CD's, la SGAE bate récords históricos de ingresos, y eso se debe, en parte, a que los ingresos por el canon han ascendido astronómicamente.
De repente me asaltan terribles dudas:
¿Para qué se supone que estoy pagando el canon? ¿Para resarcir al autor de las pérdidas que supone que si me compro un disco y no lo quiero sacar de casa, no me compro otro para el coche? ¿No sería, más bien, para resarcirle por el hecho de no haber pagado la licencia, junto con el plástico (o sea, no haber comprado el disco)?
¿Cómo pueden perder los autores si la SGAE tiene récord histórico de ingresos? ¿No debería ser al revés?