Alesis puede decir lo que quiera .. aqui se dan dos años y se ha acabao.
Meteles mano por Consumo.
2 anos en toda la comunidad europea. Saludos cordiales.
Son dos años...lo que me ralla es que no recuerdo bien si la ley salio el año pasado o hace dos...y si entro en vigencia despues de la venta por ahi se pueden librar..
De todas maneras si los registraste en la web de Alesis, puedes probar a ver si ellos responden. Suerte.
ahi ahi,q no te cuenten milongas,2 años y punto pelota
Ley 23/2003, de 10 julio, de garantías en la venta de bienes de consumo.
Artículo 9.Plazos.
1. El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega. En los bienes de segunda mano, el vendedor y el consumidor podrán pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega.
suerte y salu2
Por favor, dinos que tienda es esa tan enrollada, que no está mal saber quien cumple y quien no, para que se pongan las pilas o que no pique nadie más.
pero tendras el recibo ó algo que demuestre la fecha de compra no?
si pero hay muchos que predicaran con el "prometer y prometer hasta meter...." y ya sabes como sigue xD
Hey billpunter!!! tienes una tienda?? que guay!
veamos, entonces no es cosa del fabricante lo de los dos años?
Es el vendedor el que está obligado?
entonces tengo este problema...
GARANTÍAS
Los productos que distribuimos se venden bajo las condiciones de garantía que da el fabricante o importador.
No nos responsabilizamos ni obligamos a nada que no este pactado por escrito.
En las manipulaciones en las que intervengan materiales propiedad del cliente, no asumiremos responsabilidades por su inutilización durante el proceso, ni en el caso en que inutilizaran el producto final.
No atenderemos ninguna garantía o reclamación de producto si no va acompañada de su factura correspondiente.
Tampoco la atenderemos cuando se detecte que ha sido manipulado por persona ajena a nuestra empresa o la legalmente autorizada por la marca.
La potestad de decidir la sustitución o reparación de un producto sin cargo en periodo de garantía, es exclusiva del servicio técnico oficial de la marca, el producto deberá situarse libre de gastos en el taller del servicio técnico. Si lo creen conveniente, realizaremos gratuitamente las gestiones necesarias, cobrando únicamente los gastos de portes que se generen.
No podemos ofrecer ninguna garantía sobre los repuestos que no sean montados por el servicio técnico autorizado.
Puede eso significar algo? es decir, pueden con este "contrato" deshacerse de una obligación como la de los dos años de garantía?
o es la movida esta que si un punto en un contrato va contra la ley, entonces ese punto no es valido?
Otra pregunta:
Referente a quien ha de pagar los gastos de envío y demas... Ellos me han dicho que los pagamos a medias. Yo el envío para ellos y ellos el envío para mi.
Sin embargo por internet en una página he visto que decían que es quien tiene que ofrecer la garantía quien tiene que correr con absolutamente todos los gastos, de transporte, de piezas, mano de obra...
Como es?
Los portes creo que no tienen por que pagarlos, pero haber si alguien lo sabe seguro.
salu2