Registrar un tema

Sulfurico
#1 por Sulfurico el 27/07/2007
La verdad no sabia en que foro hacer esta pregunta y al final me e decidido por este, la cuestion es que tengo un tema acabado y antes de empezar a "moverlo" me gustaria saber si alguien sabe que pasos deberia seguir para rejistrarlo, gracias de antemano a todo el que se apunte a echarme un cable.
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danikdj
#2 por danikdj el 27/07/2007
Pues para "rejistrar" no se, pero si quieres registrar un tema tienes que hacerlo en la SGAE. Creo que se puede hacer a través de su página web. Si usas el buscador seguro que encuentras más información.
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exvirt
#3 por exvirt el 27/07/2007
Para registrarlo tienes que hacerlo en el Registro de la Propiedad Intelectual, la SGAE solo es para cobrar derechos de autor, pero no te protege si alguien dice que es el autor de la obra.

Saludos
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Metalicus
#4 por Metalicus el 27/07/2007
Cierto Exvirt, Registro de la Propiedad Intelectual y te puede costar unos 11 euros mas o menos por cancion.
Saludos
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PepeNdragon
#5 por PepeNdragon el 27/07/2007
Metalicus @ 27 Jul 2007 - 06:35 PM escribió:
Cierto Exvirt, Registro de la Propiedad Intelectual y te puede costar unos 11 euros mas o menos por cancion.
Saludos


eso depende de donde lo registre.En Barcelona actualmente sale a 4,35 euros
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Metalicus
#6 por Metalicus el 27/07/2007
joder de puta madre, aqui en Almeria tenemos cara la vida.
Saludos
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neph
#7 por neph el 27/07/2007
sulfurico,te pongo una alternativa a la sgae.
leetelo bien que luego viene los lios ( como con la sgae)y lo que no sepas o tengas dudas, preguntales.
http://es.creativecommons.org/
espero te valga de algo . que con la sgae hay mucho rollito raro :roll:
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nov
#8 por nov el 27/07/2007
Cuando hacemos una canción adquirimos de forma automática los derechos morales y de explotación de la obra.

A la hora de probar ante un juez que un tema es nuestro y no del vecino, existen varias formas. La más segura es haber acudido préviamente al registro de la propiedad intelectual (de cada comunidad) y hacer el registro correspondiente.

Otra forma de demostrar nuestra autoría ante un Juez, (que se está poniendo de moda últimamnte por lo económico y efectivo del sistema), consiste en autoenviarse por correo certificado el CD, partitura, etc.. de manera que conste la fecha de envío (y por supuesto no abrirlo)

Yo personalmente utilizo las licencias Creative Commons (CC). Es la forma más fácil de proteger y gestionar autónomamte los derechos mis canciones.

¿Por qué no acudir a la SGAE? Existen tantos motivos que podría estar escribiendo una hora, pero por citar alguno.. al incribir tus obras en la SGAE cedes los derechos de explotación de tus obras. Ellos serán libres de alquilarle un tema tuyo a David Bisval y tú ni siquiera podrás tocar tus propias canciones en un concierto o vender un disco de tu música sin su aprobación (y pago de tasas).

Como digo la lista es interminable. Teneis mucha información en la red. De los 80.000 artistas inscritos en la SGAE sólo un 4% recibe ingresos superiores al sueldo mínimo interprofesional (Alejandro Sanz o Bisval, sí..)

A mí, el simple hecho de que la SGAE recaude en bares, salas de concierto (se ponga o no, música de la inscrita en su lista de autores), o que sean los responsables del CANON digital(impuesto que graba CDs, reproductores de mp3, móviles, impresoras, cámaras de fotos, etc.) me basta para no darles ni agua. Amén de su lucha contra el interecambio de archivos por internet..

Cada cual elige la forma que más se ajusta a sus necesidades. Como digo yo tambien me quedo con las licencias CC.

Un saludo.
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Get
#9 por Get el 28/07/2007
Estos de las SGAE son unos ladrones...que listos que son y después se quejan de todo.
un saludo.
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Hashoverload
#10 por Hashoverload el 28/07/2007
Si señor, muy buena la explicación de "Nov", simplemente me gustaría hacer un inciso, saber que a la hora de registrar unos temas, lo mejor es registrarlos, si puede ser, como un album o colección.
Simplemente porque, por lo menos en mi caso (Pontevedra), el precio total del proceso se abarata enormemente. En este caso nos cobrarían el precio de una sola canción mas el producto del número de temas por 0,13€.
No olvideis llevar una fotocopia del DNI y firmar las partituras.
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xavibosch
#11 por xavibosch el 28/07/2007
Muy interesante todo lo que se ha dicho en este tema. A mi me queda una duda, para hacer las partituras, sé que hay programas que cogen el archivo MIDI que hayas creado con tu secuenciador, y te créan la partitura, como Sibelius, etc. Pero no sé donde bajar un editor de partituras gratuito.
Alguien lo sabe?
Salu2,
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vichin
#12 por vichin el 28/07/2007
nov @ 27 Jul 2007 - 08:16 PM escribió:
Cuando hacemos una canción adquirimos de forma automática los derechos morales y de explotación de la obra.

A la hora de probar ante un juez que un tema es nuestro y no del vecino, existen varias formas. La más segura es haber acudido préviamente al registro de la propiedad intelectual (de cada comunidad) y hacer el registro correspondiente.

Otra forma de demostrar nuestra autoría ante un Juez, (que se está poniendo de moda últimamnte por lo económico y efectivo del sistema), consiste en autoenviarse por correo certificado el CD, partitura, etc.. de manera que conste la fecha de envío (y por supuesto no abrirlo)

Yo personalmente utilizo las licencias Creative Commons (CC). Es la forma más fácil de proteger y gestionar autónomamte los derechos mis canciones.

¿Por qué no acudir a la SGAE? Existen tantos motivos que podría estar escribiendo una hora, pero por citar alguno.. al incribir tus obras en la SGAE cedes los derechos de explotación de tus obras. Ellos serán libres de alquilarle un tema tuyo a David Bisval y tú ni siquiera podrás tocar tus propias canciones en un concierto o vender un disco de tu música sin su aprobación (y pago de tasas).

Como digo la lista es interminable. Teneis mucha información en la red. De los 80.000 artistas inscritos en la SGAE sólo un 4% recibe ingresos superiores al sueldo mínimo interprofesional (Alejandro Sanz o Bisval, sí..)

A mí, el simple hecho de que la SGAE recaude en bares, salas de concierto (se ponga o no, música de la inscrita en su lista de autores), o que sean los responsables del CANON digital(impuesto que graba CDs, reproductores de mp3, móviles, impresoras, cámaras de fotos, etc.) me basta para no darles ni agua. Amén de su lucha contra el interecambio de archivos por internet..

Cada cual elige la forma que más se ajusta a sus necesidades. Como digo yo tambien me quedo con las licencias CC.

Un saludo.


=D>
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Adrian
#13 por Adrian el 28/07/2007
para registrar algo hay q ir con las partituras? .. y si vas con el cd?

solo curiosidad .. no tengo nada de autoria propia aún :P
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Sulfurico
#14 por Sulfurico el 29/07/2007
Lo primero es excusarme por mi "analfabetismo" a la hora de escribir, y lo segundo dar las gracias a todos en general y a nov en particular por la extensa explicacion dada, ahora mismo me pongo manos a la obra acia la pagina de CC para ver como esta el asunto y sino lo veo muy claro lo certifico y me lo mando, gracias.
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Tony (Scorpmusic)
#15 por Tony (Scorpmusic) el 29/07/2007
C00P3R @ 28 Jul 2007 - 11:24 PM escribió:
para registrar algo hay q ir con las partituras? .. y si vas con el cd?

solo curiosidad .. no tengo nada de autoria propia aún :P


Hombre la partitura es la que refleja la musica que tu compusiste mas la letra en caso de que tenga. Es un documento de valor indiscutible.
Te recomiendo que recurras a una partitura tradicional,la de toa la vida...en vez de llevar un CEDEROOM...No arriesgues tu obra.
Si quieres aparte de la partitura añadir el CD vale....pero no se te ocurra solamente llevar un CD.
La partitura si no tienes nadie que te la haga...cosa rara...en la SGAE te la hacen y claro,te cobran porque eso tiene un valor como todo curro.

Saludos scorpianos :birras:
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