Seguro que hay alguna manera de registrar eso y si no, debería de existir.
Saludos
Alguien escribió:
En cuanto a la electronica.. oy dia se registran temas de electronica.. sin problema... pero si es cierto k la electronica tiene la mayor parte de su peso en la produccion mas que en la composicion.. por lo tanto.. registrar melodias es algo complicado.. directamente registrad la cancion.. y que os den los derechos pertenecientes a su reproduccion en los medios.
Alguien escribió:Para registrar música en la Oficina de la Propiedad Intelectual necesitas escribir la partitura. Si es una canción y tiene letra, debes escribir la letra también, aunque la letra va en un apartado diferente, no hay que ponerla junto a la melodía de la voz (no hace falta poner cada sílaba con su nota).
Esto está pensado principalmente para canciones normales, tanto es así que no te exigen que registres la obra nota por nota, es posible hacer una reducción y presentar sólo la melodía de la voz con el cifrado de los acordes de la armonía en cada compás. No hay que especificar cada arreglo, ni mucho menos.
Los compositores de obras "clásicas" van escribiendo todo a la vez que van componiendo, con lo que ya tienen el trabajo de notación hecho. Aún así, es un coñazo importante presentar las partituras de todos y cada uno de los instrumentos de una orquesta, por ejemplo (desconozco si cada instrumento debe ir en páginas independientes o si debes escribir un sistema con todos los instrumentos en la misma página).
Cuando presento mis composiciones de guitarra clásica, las presento nota por nota porque ya las tengo escritas según las voy componiendo, eso no me da problemas, además, un solo instrumento no es coñazo.
Pero cuando quiero registrar mis temas con batería, guitarra, teclados, bajo..., como no empleo únicamente textura de canción y armonías usuales, me surge el problema de que no puedo hacer una reducción y un cifrado sin prescindir de partes esenciales de la obra y siendo fiel a la misma. También me resulta un coñazo escribirlo todo... Le planteé este problema a los de la propiedad intelectual y me dijeron que nada, que o lo escribía o nada. Me recomedaron que usase Coda Music, o algo así, un software para que escribe las partituras escuchando el wav. Ni lo probé, me imagno que sólo será capaz de reconocer melodías sueltas, por no mencionar que escribirá lo que le dé la gana ¿cómo va a reconocer que he cambiado de compás? A lo mejor lo escribe todo en 4/4, cuando yo varío los compases a lo largo de la obra, cambiándome de sitio las notas en los sucesivos compases...
A mí se me ocurrió otra solución. Pregunté por el apartado de producciones multimedia, cortos y demás, y por uno que pone que puedes registrar un CD-ROM. Me dijeron que el CD-ROM era para producciones multimedia. Les pregunté, esta vez, por las producciones multimedia que incluyen música y me dijeron que en ese caso la música quedaba protegida por la oficina de la Propiedad Intelectual sin necesidad de la partitura, sólo por pertenecer a esa obra audiovisual. Pero que yo constaría sólo como autor de la música de la producción (ellos supusieron que yo podría ser músico, pero que sería incapaz de hacer un fichero multimedia yo solo). Es decir, que cada parte de la producción multimedia debe constar que es de su autor (que no veo por qué no podría ser el mismo).
Así que ya lo sabes, haces cuatro dibujitos o cuatro garabatos que se muevan al compás de tu tema musical y lo registras como un vídeo musical en la propiedad intelectual, ya no te hace falta partitura. Pones tu nombre en el hueco de autor del audio, también n el de autor del vídeo, autor del guión, etc.. Todo tuyo. Al carajo.
Otra solución es que un amigo tuyo quiera incorporar tu música en algún corto o cualquier tipo de producción.
Espero haber ayudado a alguien. Saludos.
Devicio @ 29 Jul 2007 - 09:18 PM escribió:
Para aquellos que registren en la sgae, lo que se suele acer es registrar de unatakada varios temas. asi pagas un solo registro.
PSGirl @ 29 Jul 2007 - 11:32 PM escribió:Devicio @ 29 Jul 2007 - 09:18 PM escribió:
Para aquellos que registren en la sgae, lo que se suele acer es registrar de unatakada varios temas. asi pagas un solo registro.
No entiendo este párrafo, porque cuando "registras" (entre comillas para destacar que no es un registro como el de la propiedad intelectual) en SGAE no pagas absolutamente nada. Meter un tema en la base de datos de SGAE es gratis una vez que seas socio (para lo que pagas muy poquito y solo una vez en tu vida).
Sobre el siguiente párrafo que escribiste no me pronuncio porque entonces la liamos y no es plan.
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