Musica de libreria y SGAE

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the_can_opener
#16 por the_can_opener el 17/10/2014
#15 defender. La ley de propiedad intelectual tiene componentes muy absurdos y anacrónicos. No estás mostrando el contrato. ¿Estás seguro que figura la palabra "difundir" en el mismo?
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defender
#17 por defender el 17/10/2014
No, no estoy seguro de que esa sea la palabra, pero aunque sea otra la palabra viene ha decir lo mismo. El lunes lo miro y os cuento qué palabra es exactamente, pero no enseño el contrato porque implica a terceros.
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the_can_opener
#18 por the_can_opener el 18/10/2014
Piensa que te contratan para hacer una música para una demo o un proyecto como músico. Tu haces la música y cobras por ello. Además autorizas a quien te contrató que utilice esa música. Hasta ahí bien.

Resulta que esta demo o este proyecto queda en nada, fracasa, o quizá se transforma en un éxito mundial emitido en todo el mundo. Tu seguro estarás contento con los 800 euros que cobraste por hacer la música aunque quien te haya contratado haya ganado 80 millones.
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defender
#19 por defender el 18/10/2014
Jaja, pero es que no es así como funciona. Por lo menos esta libreria. No se otras...

Para empezar la música de librería no se compone para ninguna producción en concreto.
Pongamos que tu tienes un montón de bases musicales o canciones que crees interesantes para audiovisuales. Tu las aportas a una librería. Si a un propietario de la librería le interesa una música tuya, la usa a cambio de una tarifa previamente fijada. Por ejemplo, si es para una cuña de radio local, cobrarás X. Si la cuña es a nivel nacional y se va a emitir por un montón de emisoras, cobrarás XX. Pero si es para un spot de TV para una autonómica, XXX. Si es para TV nacionales, XXXX..... Y así todo. Imaginate que en principio el spot era regional pero a gustado tanto a los clientes que han decidido convertirla en una campaña internacional y se emite por TV de Francia, Inglaterra, Alemania .... menudo pelotazo. Y por supuesto, cobras más si en lugar de un spot son dos. Y si la campaña dura 2 años, cobras el doble que si dura 1 año. Y además no cedes los derechos en exclusividad. Por lo que esa canción puede usarse en un montón de producciones y cobrarías por cada una de ellas.

De hecho cuando la producción es grande y va a tener gran cobertura, es más habitual llamar a un compositor o incluso negociar por una canción comercial que tirar de libreria, ya que esto acabo siendo mucho más caro.
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the_can_opener
#20 por the_can_opener el 18/10/2014
Claro. Después vienen los Royalties.
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defender
#21 por defender el 18/10/2014
No tengo claro lo que quieres decir, ya que no estoy hablando de vender un CD. ¿Te refieres a que el músico debiera cobrar un porcentaje por cada producto que se venda?
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the_can_opener
#22 por the_can_opener el 18/10/2014
Me refiero a las que se cobran por la emisión.
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defender
#23 por defender el 18/10/2014
Igual tienes razón. Yo no lo veía así pero ...

Siguiendo con el simil de la venta de CDs y royalties, yo pensaba que la compañía paga al autor por cds vendidos (royalties). Y que si después esa canción se emite en un bar o una radio, la Sgae recauda en el bar o la radio, pero no en la compañía.

Y que en las producciones audiovisuales, son las teles, las radios, las ferias ... las que pagan ese "canon" a la Sgae. Y no el productor de la pelicula, el anunciante, etc ... ¿Pero en internet? Quizá tengas razón y me toca a mi. Cuando lo aclare lo cuento ... Por si le sirve a alguien.
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Teo Tormo
#24 por Teo Tormo el 18/10/2014
Si tu simplemente eres un publicista que ha realizado un spot para un cliente, es tu cliente quien debe pagar los derechos de comunicación pública por tener el spot en su web o emitirlo por la tele, no tú, ya que es tu cliente quien se beneficia del uso de esa canción en el spot que promociona su producto o servicio. Lo que pasa es que SGAE te lo está pidiendo a ti porque quizá son tus datos los que han obtenido, ya que sería tu empresa la que compró la canción de librería. Comunica en la sede de SGAE más cercana quien es el cliente para que se lo cobren a él, y avisa al cliente de que le van a exigir el pago. Yo no le daría más vueltas.
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kamikase ♕ ♫
#25 por kamikase ♕ ♫ el 18/10/2014
#24

Es lo mismo que dije yo en mi #14 .

Uno no tiene por que pagar los costos intelectuales de una pagina donde quien es beneficiado es el cliente.
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defender
#26 por defender el 18/10/2014
Si si. Ya cuento como me han comentado que es posible que yo no tenga ninguna responsabilidad. #15

Pero como de momento la Sgae me ha hecho la reclamación a mi y aún no han contestado a mi objeción ....

En fin, me lo tomaré con calma :birras:
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the_can_opener
#27 por the_can_opener el 19/10/2014
Puede ser que quien se lo tenga que tomar con calma sea tu cliente. Se habló en algún momento de quien se haría cargo de la "music licensing".
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defender
#28 por defender el 22/10/2014
Bueno pues al final parece que cierro el tema y estas son mis conclusiones.

Cualquier web que tenga un contenido musical de un autor socio de la Sgae, debe pagar una tarifa mensual a Sgae por tener ese contenido. Independientemente que esa web haya llegado a un acuerdo (económico o no) con ese autor. Así que ya sabéis, si tenéis una web con un video (un spot, un trailer, un tutorial ...) que tenga música de un socio de Sgae, os pueden reclamar ese dinero.

Parece que yo me voy a librar, ya que a pesar de ser el responsable del spot, la obligación es para el propietario de la web. De todas formas el desconocer este tema y no haberlo aclarado en su debido tiempo con el cliente me ha podido meter en un lio.

En fin, a ver si aprendo... :fumeta:
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