#45 Sí, tu eras el único autor pero... ¿ registraste tú de esa forma tus temas en Sgae, cómo único derecho habiente ?.
Te lo digo porque yo de dos reproducciones de nada han recaudado unos 5 € para mi, eso que mis temas sólo están colgados en Hispasonic, Soundcloud y mi web.
#39
Eso también es cierto, también es cierto que el modelo de gestión de propiedad sobre la autoría se está quedando viejuno para la forma en que se crea y se distribuye.
Pero la Sgae me parece que está espabilando por la cuenta que le trae. Primero por los escándalos que hubo, luego por la presión social (bueno, no es un asunto troncal para la mayoría) y de los nuevos creadores; y luego porque ellos mismos quieren acomodarse a nuevas fórmulas para adaptarse por no perder parte en futuros pasteles, al fin y al cabo no son una sociedad gremial benéfica; cada vez son más mediadores.
En cuanto a que les cedas tu alma de por vida, no conozco el detalle de cómo está el tema ahora; pero no me extrañaría que haya acuerdos parciales y limitados o que hayan aprendido a convivir con otras formas más horizontales como creative commons.
#49 Pues la verdad es que yo a eso le llamo pecar de pardillo, dicho suavemente...
Parece que en los porcentajes tú te llevaste la peor parte.
Hoy en día uno puede publicar su música sin según que tipo de intermediarios y por lo tanto, ganar un poco más si no eres una celebritie.
Es la magia de internet...
mod
#40
Exacto: registrar en el RPI sirve para tener una muy buena prueba legal en caso de que alguien diga que esa composición es suya, o que quieras demandar a alguien por usarla sin tu permiso o por plagio. Pero el RPI, como el registro de la vivienda, no va hacer más que extender copia de lo que registraste en una fecha dada. Y si alguien puede demostrar al juez que compuso la obra antes que tú, da igual si tú tienes registro en el RPI y esa persona no, ella tendrá las de ganar.
Leyendo su web y sus estatutos, deduzco que tampoco la SGAE va a defender tus derechos individuales en una situación así (aunque se los has cedido). Sí que demandará a una emisora o un club que no les pague en general, claro… Pero si descubres un plagio de tu tema, creo que no harán nada (más allá de la asesoría legal que ofrecen).
Para resumir mi opinión: si quieres cobrar algo por el uso de tus composiciones, pues no hay otra que la SGAE, porque es la sociedad autorizada en España para gestionar de forma colectiva los derechos de uso de la propiedad intelectual de los autores de obras musicales y otras. Y como es imposible para ti gestionar tus derechos de forma individual, pues te tienes que apuntar a una que lo gestiona colectivamente.
Pero:
1) El sistema de reparto de ingresos es particularmente injusto para socios no famosos. Pero reconozco que no se me ocurre un sistema por el que nadie pueda asegurar que recibes cada céntimo de lo que te corresponde por el número de veces que pongan tu tema en cada uno de los clubs o emisoras del mundo (como dije, otra cosa son las ventas de CD o de temas on-line).
2) La SGAE es una entidad privada, en la que, como todas, se preocuparán más de los socios mayoritarios. En este caso, los que le suponen más ingresos.
#55
Es que SGAE debe tenerla registrada en PI para cualquier efecto legal.
Al igual que aquí, al registrar un tema en SCD, automáticamente hacen la gestión ante PI evitandote el tedioso trámite del viaje a Propiedad Intelectual, la espera y los papeleos. (Sobre todo ese tedio de comprobación de título. Después de romperte el coco con elegir bien el titulo de la canción, llegabas a la oficina y luego de la espera burocrática por laaargos minutos donde te atendía una persona no exactamente veloz en su accionar, luego de buscar en libros y libros rellenos de datos dirigiéndose a ti decia: -"Lo lamento, ese nombre ya esta registrado y debe cambiarlo..."- ).
#56 No, Sgae no te registra el tema en el RPI que yo sepa.
#57
Vaya, deberían hacerlo.
No me digas que antes de registrarla con ellos debes hacer el trámite en PI y llevarles el código de inscripción?
#58 Esto... no, nunca lo he hecho y ahora me dejas en la duda. Yo primero registro en RPI y después en Sgae.
#59
Demasiada burocracia.
Yo para registrar envío letra y música a SCD y ellos registran todo...
(Sin moverme de la casa).